REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintiséis de septiembre de dos mil doce
202º y 153º

ASUNTO: BP02-F-2012-000168.

Vista la anterior demanda de Divorcio y sus recaudos, interpuesta por el ciudadano ORLANDO RAFAEL BONILLA LARA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro.5.999.968, asistido por el abogado CARLOS RAFAEL BONILLO LOPEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el nº 82.391, en contra de la ciudadana ROSA LEONIDES LARRUA PINO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad nº 7.664.494, y en cuanto a su admisión, el Tribunal observa: Que el artículo 140-A del Código Civil estable: “ El domicilio conyugal será el lugar donde el marido y la mujer tenga establecida de mutuo acuerdo, su residencia. En caso de que los cónyuges tuvieren residencias separadas, de hecho o en virtud de la autorización Judicial prevista en el artículo 138, el domicilio conyugal será el lugar de la última residencia común…”

Además el Tribunal observa que en el libelo de la demandada manifiesta la parte actora que fijaron su residencia conyugal en la ciudad de los Teques-Residencia Parque Las Américas, Edificio José Martí PH-A, Sector la Mata, Municipio Autónomo Guaicaipuro del Estado Miranda, y por cuanto existe en la ciudad de los Teques Juzgados de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito de los cuales son competentes en razón del territorio. En consecuencia, este Tribunal se Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, con fuerza de los razonamientos antes expuestos, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se declara INCOMPETENTE para conocer la presente causa y DECLINA la competencia en el Juzgado Distribuidor de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Miranda con sede en la ciudad
De Los Teques, a los fines de que conozca de la presente demanda de Divorcio. Así se decide. Remítase el expediente mediante oficio al Tribunal competente.

La Juez Provisorio,


Dra. Helen Palacio García


La Secretaria,


Abg. Marieugelys García Capella