REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Penal de Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui
Sección Adolescente
Barcelona, 3 de abril de 2013
202º y 154º
ASUNTO PRINCIPAL : BP01-D-2012-000196
ASUNTO : BP01-D-2012-000196
Revisadas las actuaciones que conforman el presente asunto relacionado con el acusado IDENTIDAD OMITIDApor la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL EN GRADO DE COAUTOR, previsto en el artículo 405 y 83 del Código Orgánico Procesal Penal en perjuicio de JOSE GREGORIO GONZALEZ, el tribunal previamente observa:
En fecha Jueves 19 de Julio de 2012 se lleva a cabo la apertura del juicio oral y reservado en contra del acusado IDENTIDAD OMITIDA por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL EN GRADO DE COAUTOR, previsto en el artículo 405 y 83 del Código Orgánico Procesal Penal en perjuicio de JOSE GREGORIO GONZALEZ, ordenando su continuación para el día Miércoles 08 de Agosto de 2012 oportunidad en la cual fue suspendido y acordada su continuación para el día Lunes 20 de Agosto del 2012, fecha esta en la cual, se suspendió y se realizaron actos relacionadas con el presente juicio los días Lunes 06 y Miércoles 19 de septiembre del 2012, Pues el acto del 24 de Septiembre del 2012 este tribunal no dio audiencia por encontrase en Juez en un operativo en la población de Guanta relaciona con el tribunal Móvil y por ello el día 25 de Septiembre del 2012 se dicto auto y se fijo como fecha para la continuación del juicio el Jueves 27 de septiembre del 2012, y luego se realizaron actos con relación al presente juicio los días miércoles 10, jueves 25 de Octubre del 2012 y el miércoles 07, lunes 19 y miércoles 28 de Noviembre del 2012, así como también los días lunes 10 de Diciembre y se fijo en esta ultima fecha, que el juicio continuara el jueves 27 de Diciembre, pero en dicha fecha no hubo audiencia en este tribunal por ser festivo Navideño, por lo cual el 02 de Enero del 2013, se dicto auto y se fijo como fecha el Lunes 07 de Enero del 2013, en esta fecha, se suspendió el juicio y se fijo como fecha para su continuación el día Lunes 21 de Enero del 2013, fecha esta en la cual no se dio audiencia en este tribunal, por cuanto el juez debió asistir a la ciudad de Caracas para la apertura del año judicial, y en fecha 25 de Enero del 2013 se dicto auto fijando como fecha de continuación del juicio el 25 de Enero del 3013, fecha esta en la que se realizaron actos en relación al presente juicio y se fijo como fecha para su continuación el día Miércoles, 20 de Febrero de 2013, en dicha fecha se realizaron actos en relación al presente juicio y se fijo como fecha para la continuación el miércoles 06 de Marzo del 2013, fecha esta decretada de duelo nacional por la muerte del comandante presidente de la Republica Bolivariana de Venezuela, por lo que no hubo audiencia en este tribunal.
Observa el tribunal del análisis de las actuaciones que anteceden que desde el Miércoles, 20 de Febrero de 2013, en que se realizan actos en el juicio oral y reservado, en contra del acusado IDENTIDAD OMITIDA, a la presente fecha, es decir 03 de Abril de 2013, han transcurrido un plazo mayor de de Dieciséis (16) días hábiles, ya que este tribunal ha dado audiencia en todos los días desde el Miércoles 20 de Febrero de 2013, a la presente fecha, a excepción de los días 6,7,8 de Marzo del 2013 por muerte del Comandante Presidente de la Republica Bolivariana de Venezuela, y el 27 de Abril del 2013, por asueto de Semana Santa decretado por el Tribunal Supremo de Justicia, estando en presencia de un juicio interrumpido de conformidad con lo establecido en el articulo 588 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes .
II
El artículo 588 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes dispone en su segundo aparte “…si el juicio oral no puede realizarse en una sola audiencia, continuará durante todos las audiencias consecutivas que fueren necesarios, hasta su conclusión .Se podrá suspender por un plazo de máximo de diez días en los casos previstos en el Código Orgánico Procesal Penal . La interrupción por más tiempo conlleva a la realización del debate desde su inicio.”
A tal efecto el articulo 320 del Código Orgánico Procesal penal establece: “Si el debate no se reanudo a mas tardar al decimosexto día después de la suspensión, se considerara interrumpido y deberá ser realizado de nuevo desde su inicio.”
Y El articulo 537 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños Niñas y Adolescentes establece: “En lo que no se en encuentre expresamente regulado en este titulo, deben aplicarse supletoriamente la legislación penal, sustantiva y procesal…”
De la norma trascrita anteriormente se desprende que debe aplicarse lo establecido en el articulo 320 del Código Orgánico Procesal Penal, y que el articulo 588 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños Niñas y Adolescentes, esta derogado por aplicación del nuevo artículo que es el 320 del Código Orgánico Procesal Penal, que amplia el tiempo para la interrupción.
Conforme las normas jurídicas trascritas y las actuaciones descritas, observa el tribunal que el juicio oral y reservado en contra del acusado IDENTIDAD OMITIDApor la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL EN GRADO DE COAUTOR, previsto en el artículo 405 y 83 del Código Orgánico Procesal Penal en perjuicio de JOSE GREGORIO GONZALEZ , en fecha Miércoles 08 de Agosto de 2012 se lleva a cabo la apertura del juicio oral y reservado en contra del acusado IDENTIDAD OMITIDA, se continuo el día Lunes 20 de agosto del 2012, y se realizaron actos de continuación del presente juicio los días Lunes 06 y Miércoles 19 de septiembre del 2012, Pues el acto del 24 de Septiembre del 2012 este tribunal no dio audiencia por encontrarse en Juez en un operativo en la población de Guanta relaciona con el tribunal Móvil y por ello el día 25 de Septiembre del 2012 se dicto auto y se fijo como fecha para la continuación del juicio el Jueves 27 de septiembre del 2012, y luego se realizaron actos con relación al presente juicio los días miércoles 10, jueves 25 de Octubre del 2012 y el miércoles 07, lunes 19 y miércoles 28 de Noviembre del 2012, así como también los días lunes 10 de Diciembre y se fijo en esta ultima fecha, que el juicio continuara el jueves 27 de Diciembre, pero en dicha fecha no hubo audiencia en este tribunal por ser festivo Navideño, por lo cual el día 02 de Enero del 2013, se dicto auto y se fijo como fecha el Lunes 07 de Enero del 2013, en esta fecha, se suspendió el juicio y se fijo como fecha para su continuación el día Lunes 21 de Enero del 2013, fecha esta en la cual no se dio audiencia en este tribunal, por cuanto el juez debió asistir a la ciudad de Caracas para la apertura del año judicial, y en fecha 25 de Enero del 2013 se dicto auto fijando como fecha de continuación del juicio el 25 de Enero del 3013, fecha esta en la que se realizaron actos en relación al presente juicio y se fijo como fecha para su continuación, para el 20 de Febrero del 2013, fecha esta en la que se realizaron actos en relación al presente juicio, el cual se suspendió y se fijo luego el miércoles 06 de Marzo del 2013, fecha esta decretada de duelo nacional por la muerte del comandante presidente de la Republica Bolivariana de Venezuela, por lo que no hubo audiencia en este tribunal. Desde el día 20 de Febrero del 2013, no se realizan actos en el presente juicio. Por lo tanto habiendo transcurrido mas de Dieciséis días (16) de audiencia desde el Miércoles 20 de Febrero de 2013, fecha esta en la cual se realizo el ultimo acto en el presente juicio, hasta el día hoy 03 de Abril del 2013, sin que se haya continuado el juicio oral y reservado a IDENTIDAD OMITIDA, ello tomando en consideración que en este tribunal se ha dado audiencia todos los días hábiles de calendario desde el 20 de Febrero al 03 de Abril del presente año, a excepción de los días 6,7.8 de Marzo del 2013 por duelo nacional por la muerte del Comandante presidente de la Republica Bolivariana de Venezuela, y el Miércoles 27 de Abril del presente año, por asueto de Semana Santa, decretado por el Tribunal Supremo de Justicia.
Así las cosas, considera el juzgador que en el presente asunto ha operado la figura de la interrupción del juicio oral y reservado, toda vez que se ha excedido del plazo legal establecido por el legislador especial, vulnerando los principios de concentración, continuidad e inmediación procesal, razón por la cual considera quien aquí decide que lo procedente y ajustado a derecho es declarar la interrupción del presente juicio oral y reservado iniciado en contra del acusado IDENTIDAD OMITIDA por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL EN GRADO DE COAUTOR, previsto en el artículo 405 y 83 del Código Orgánico Procesal Penal en perjuicio de JOSE GREGORIO GONZALEZ, y como quiera que el mismo no debe permanecer en ese estado, el tribunal ordena la realización del debate desde su inicio. En atención a ello, fija como nueva fecha para la realización del juicio oral y reservado para el DÍA LUNES 06 DE MAYO de 2013, a las ONCE Y TREINTA DE LA MAÑANA (11:00A.M). y así se decide.-
DISPOSITIVA
En razón de las consideraciones expuestas, este Tribunal De Primera Instancia en Funciones De Juicio Sección De Adolescentes Del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA INTERRUPCIÓN de juicio oral y reservado en la causa seguida al acusado IDENTIDAD OMITIDApor la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL EN GRADO DE COAUTOR, previsto en el artículo 405 y 83 del Código Orgánico Procesal Penal en perjuicio de JOSE GREGORIO GONZALEZ, debiendo realizarse de nuevo y ordena la nueva realización del juicio, para el DÍA LUNES 06 DE MAYO de 2013, a las ONCE Y TREINTA DE LA MAÑANA (11:00A.M). Líbrense boletas de notificación a las partes. Cúmplase
EL JUEZ DE JUICIO,
DR. MANUEL HERNANDEZ NATERA
LA SECRETARIA,
DR. CARMEN MARQUEZ
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