REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Ejecución Sección Adolescentes de Barcelona
Barcelona, 11 de Abril de 2013
202º y 154º
ASUNTO PRINCIPAL : BP01-D-2011-000596
ASUNTO : BP01-D-2011-000596
AUTO DE REVISION DE MEDIDA DE PRIVACION DE LIBERTAD
Celebrada como ha sido la Audiencia oral y reservada de REVISION DE SANCION DE PRIVACION DE LIBERTAD y DETERMINACION DE COMPUTO relacionada con el sancionado IDENTIDAD OMITIDA conforme a lo indicado en el literal e) del articulo 647 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños Niñas y Adolescentes.-
Se constituye el tribunal de Ejecución Sección Adolescentes en la sala de Audiencia del Palacio de Justicia, con la jueza titular DRA. LIBIA ROSAS MORENO y el Secretario ABG. PEDRO.
A continuación la ciudadana Jueza ordena verificar la presencia de la partes,. Acto seguido la secretaria deja constancia que se encuentra presente el sancionado IDENTIDAD OMITIDA, quien fue trasladado desde la Casa De Formación Integral Varones 02 Pozuelos de esta ciudad de Barcelona Estado Anzoátegui ,por funcionarios del Centro De Coordinación Policial Nº 02 De La Policía Del Estado Anzoátegui, el defensor publico por la unidad de la defensa DR. JUAN VICENTE TORREALBA, el fiscal con competencia en la materia DRA. BATZAIDA SANCHEZ, PSIQUIATRA DEL CENTRO DRA. LUISA GOMEZ, EL ENTRENADOR DEPORTIVO CARLOS MARTINEZ, LA TRABAJADORA SOCIAL LCDA. JESSIKA RODRIGUEZ, LA PSICOLOGA LICDA. RISBER GONZALEZ Y LA PSICOPEDAGOGA LCDA. FRANCIS RAMIREZ DEL EQUIPO TECNICO DE LA ENTIDAD DE ATENCION VARONES Nº 02 POZUELOS ESTADO ANZOÁTEGUI.- La ciudadana jueza resalto la importancia del acto, en especial para el sancionado aquí presente, así como de las actuaciones procesales que se desarrollan en su presencia y del contenido y la razón ético legales de las decisiones que aquí se produzcan.
El sancionado dijo ser y llamarse IDENTIDAD OMITIDA, Nacionalidad Venezolano, nacido en Barcelona, Estado Anzoátegui, el 16/02/1994, soltero, titular de la cédula de identidad Nº 26.070.767, de 19 años de edad, profesión indefinido, hijo de Benedice del Valle Solano, residenciado en la Calle Sucre, Casa S/N, sector La Invasión de la L de Viento Fresco, rancho de color amarillo. Seguidamente fue instruido e impuesto del artículo 49.5 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y expuso: ME ACOJO AL PRECEPTO CONSTITUCIONAL. Es todo”.
La Psicóloga de la Entidad de Atención Varones Nº 02 Pozuelos Estado Anzoátegui LICDA. RISBER GONZALEZ , quien expone: ratifico en todas y cada una de las partes el informe evolutivo, observándose un record positivo desde su ingreso a la actualidad evidenciándose una actitud presta a aprender y a colaborar tomando en cuenta las herramientas puesta a su disposición, muestra disciplina ante la rutina establecida en la institución, el joven adulto es reflexivo y posee capacidad de análisis, lo que le da criterio propio, así mismo se ha evidenciado que la planificación realizada para el joven se ha cumplido tanto que su comportamiento ha sido positivo. Es todo.-
La Trabajadora Social de la Entidad de Atención Varones Nº 02 pozuelos Estado Anzoátegui LCDA. JESSICA RODRIGUEZ, quien expone: Ratifico en todas y cada un de sus partes el informe evolutivo en cuanto se refriere al ámbito social; a demostrado ser disciplinado, tener buena relación con la población allí existente, comunicativa y expresiva, colaborador, se le observa deseos de colaboración, expresando tener proyectos de vida, continuar sus estudios, respeta las normas institucionales aunado a este se observa ser preocupado por su grupo familiar, es un joven tolerante y posee pronósticos conductuales positivos Es Todo.-
La Psicopedagoga de la Entidad de Atención Varones Nº 02 Pozuelos Estado Anzoátegui LCDA FRANCIS RAMIREZ , quien expone: El joven ingreso el 2-11-11 no sabia leer ni escribir, evidenciándose que el plan individual que se ha utilizado es positivo, puesto que el joven realiza lectura, comete pocos errores al momento de escribir, realiza sumas resta y multiplicaciones ha obtenido un logro para el joven como para la institución, actual mente se esta gestionando para nivelarlo al 7mo. Grado. Es Todo.-
Seguidamente la ciudadana juez le concede el derecho de palabra al Entrenado Deportivo SR CARLOS MARTINEZ , quien expone: “Robert es un muchacho que tiene habilidades innatas, las cuales lo pueden ayudar a tener un futuro deportivo con esto digo que ha nivel deportivo pueda obtener una beca donde le aseguren su educación que lo pueda ayudar a seguir adelante en su vida, es importante mencionar que ha logrado obtener bastante autocontrol y disciplina y tienes planes o metas de representar a su país a nivel deportivo. Es Todo.-
La Psiquiatra DRA. LUISA GOMEZ, quien expone: Robert se ha incomparado a las actividades que se realizan en la institución, se muestra muy interesado en las actividades deportivas e incluso se involucran en otras que ejecuta con éxito, se ha despertado en el interés en la educación en general, interacciona positivamente con sus compañeros, se muestra receptivo a las orientaciones y tolerantes a los señalamientos, se evidencia en el mejor autocrítica, capacidad de reflexión, su proceso conductuales son significativos y apuntan a un buen pronostico .Es Todo.-
El Defensor Publica Especializada DR JUAN VICENTE TORREALBA quien actúa por la Unidad de la Defensa Publica y expone: Ciudadana juez una vez escuchada la opinión de todos los integrantes del equipo técnico en el cual mi representado se encuentra recluido observa la defensa que es notorio la evolución adaptación e inmejorable resultados en todas y cada una de las áreas aquí descritas no existiendo ninguna falla ni corrección alguna a que ser sometido o que sea necesario aplicar, observando de igual modo el apoyo familiar constante y sostenido, de esta forma se evidencia que nos encontramos ante un adolescente que ha aprendido la lesión que adquirió herramientas y que el día de hoy cuanta con un apoyo familiar que le permita una reinserción social, como un ciudadano de bien y que tiene mucho que aportarle a este país, es por lo que esta defensa visto que se encuentra cubierto todas y casa una de las áreas en que debe mejorar le solicito sea modificada la sanción y se otorgue a favor del adolescente una medida distinta a la privativa de libertad, y que continué so poseso formativo en libertad, asegurando que prosiga su evolución. Es todo.
La Fiscal 17º del Ministerio Público DRA. BETZAIDA SANCHEZ OSTOS quien expone: Si bien es cierto que el informe evolutivo es favorable desde el punto de vista social, psicológico, psicopedagógica, deportiva y Psiquiatrita. Considera esta representación fiscal que es menester dotar de herramientas para que este joven adulto pueda realizar una vida normal dentro de la saciedad, por ende la opinión es que se mantenga la medida de privación de libertad hasta tanto tenga herramientas suficientes para una vida extramuros. Es Todo.-
Oída las exposiciones de las partes, sus fundamentos y peticiones así como de la revisión de las actuaciones que conforman el presente asunto , esta decidora observa que en fecha 12 DE AGOSTO DE 2011, este tribunal ordenó la ejecución de la sentencia dictada en fecha 01/07/2011, mediante el Tribunal del Municipio Anaco en funciones de Control Sección Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sancionó al ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, como responsable en la comisión del delito HOMICIDIO INTENCIONAL, tipificado en el artículo 406 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano NELSON DE JESUS VILLARROEL RÍOS (OCCISO), con la MEDIDA DE PRIVACIÓN DE LIBERTAD, por el lapso de TRES AÑOS (03) AÑOS Y SEIS (06) MESES.-
En fecha 02 de Noviembre de 2011, este Tribunal impuso de la sanción al ciudadano IDENTIDAD OMITIDAy ordeno su internamiento en la casa de formación integral Pozuelos
.En Fecha 28 de Marzo de 2012, El Tribunal Recibe PLAN INDIVIDUAL del Sancionado ROBERT SOLANO, emitido por la jefe del Centro Entidad de Atención Varones N 02 Pozuelos.-
En fecha 09 de Abril de 2012, se aboca al conocimiento de la causa la DRA LIBIA ROSAS MORENO jueza Titular quien puso a disposición de las partes en plan individual elaborado por el equipo especialista con la participación del sancionado.
En fecha 09 de Agosto de 2012 el tribunal autoriza al sancionado de autos para disfrutar en el XIII Festival de TEATRO INFANTIL JOSE G. ROMERO.-
En fecha 31 de Agosto de 2012 el Tribunal recibe INFORME EVOLUTIVO del CENTRO DE FORMACION INTEGRAL DE VARONES N° 02 DE POZUELOS, .-
En fecha 08 de Noviembre de 2012 el tribunal en audiencia oral y reservada acuerda mantener la medida de PRIVACION DE LIBERTDA al sancionado de autos y determina que el sancionado ha cumplido UN (01) AÑO, NUEVE (09) DIAS, y le falta por cumplir DOS (02) AÑOS, CINCO (05) MESES, VEINTIUN (21) DIAS, SIENDO LA PROBABLE FECHA DE CULMINACION DE LA SANCION EL 29 DE ABRIL DE 2015.-
En fecha 18 de Marzo de 2013 este Tribunal recibe oficio Nº 012 AJ-2013 del Director de la Entidad de Atención de Pozuelos LCDO: JOEL JOSE DICURU PULVET, contentivo del Informe Evolutivo Del Joven Adulto: IDENTIDAD OMITIDA el cual expresa:
“…Área Psicológica: -Apariencia General: El joven adulto evidencio una excelente apariencia personal, higiénica y de buen cuidado. Manteniéndose acorde a las normas de la institución.-Impresión Inicial: Se ha observado un record positivo en el comportamiento del Robert Solano desde su ingreso hasta la actualidad. Evidenciándose qué actitud presta a aprender, colaborar tomando en cuenta todas las herramientas que se le han facilitado. Hábitos: Muestra respeto y disciplina ante la rutina la establecida dentro de la institución acoplándose de igual manera a los hábitos que están dispuestos en la Entidad. Se manifiesta como figura de ejemplo entre sus compañeros por mantener la disciplina en la rutina de la Entidad y el desenvolvimiento en general. Conducta Social Adaptativa: Una conducta adaptativa excelente en todas las actividades que se imparten en el centro mostrando interés por aprender y ser disciplinado en las mismas. Se ha constatando importante interés en el deporte. Conducta Ante la norma: Respeta y acata la norma tanto de la institución como del personal sin ningún problema. El joven adulto es reflexivo y posee capacidad de análisis habilidad que le permite tener un criterio propio ante las situaciones. Actitud ante las figuras de autoridad: El Joven adolescente ha denotado respeto ante todo las autoridades y el personal de la entidad. Se observa como un joven que llama a la paz, al dialogo. Centrado en el respeto hacia el otro. Actitud hacia sus compañeros: excelente relaciones interpersonales con el resto de los adolescentes. Se vivencia como “el amigo o consejero” siendo está la impresión diagnostica del grupo. Estado emocional predominante: Un buen estado de ánimo, colaborador, tranquilo, empático, respetuoso siempre con buena disposición a ayudar a los demás. Actitud e intereses: El adolescente ha mostrado interés por las actividades deportivas, culturales, académicas y psicológicas impartidas en la institución mostrando una buena disposición a integrarse. Comportamientos durante la visita Familiar: Un comportamiento acorde y respetuoso a las reglas de la institución Recomendaciones: Llevar a cabo un plan de vida apegado a las metas y expectativas personales que el joven adulto ha manifestado. 2.- Área Social: El adolescente ha mostrado ser disciplinado, tiene buenas relaciones interpersonales con el resto de la población asistida, muestra ser una persona comunicativa y expresiva, colaborador, tiene deseo de superación y proyectos de vida, deseo de continuar sus estudios, respeta las normas institucionales, además es disciplinado, aunado a esto se observa que el joven es preocupado por su grupo familiar, asumiendo un rol de paternalismo, evidenciándose además ser tolerante, es un joven con pronósticos conductuales positivos. Área Psicopedagógica: Este joven adulto, desde la fecha de ingreso a esta Entidad de Atención el 02-11-11, se le ha seguido un plan individual, el cual ha dado resultados positivos ya que este joven no sabía leer y escribir, en estos momentos lee, escribe de forma corrida, tiene buena caligrafía, suma resta, multiplica y se está nivelando en la división; además es muy cooperativo en las actividades que se realizan en este centro. A este joven se le están realizando los trámites para su ingreso al liceo ya que está participando en la Misión Robinsón donde obtendrá su certificado de 6to grado. .- Área de Salud: Paciente de 19 años quien ingreso a esta institución el 02-11-11 en condiciones generales estables, tranquilo, colaborador con el examen físico se observo lesiones hipocromicas generalizadas compatibles con micosis, fue tratado con antimicótico. Refiere alergia constante con cogestión y esteroides actualmente cursa cuadro gripal con malestar general y rinorrea hialina anterior. Ruidos respiratorios presentes sin agregados .Ruidos Cardiacos rítmicos sin soplos Abdomen: blando, deprimidle, sin visceromegalias Neurológico: Conservado.-Ha evolucionado satisfactoriamente ID- Virosis Tto, acetaminofen, Loratadina.- Área Deportiva Cultural y Recreativa: El joven adulto Robert Solano que actualmente se encuentra en la institución es un atleta excepcional con muchas herramientas para cumplir metas en cualquier deporte, es importante mencionar que el joven adulto quiere seguir su carrera de taekwondista para llegar a ser un maestro cinturón negro. Este joven es muy disciplinado, educado, respetuoso y muy inteligente ya que su aprendizaje en cada una de las actividades realizadas en el área deportiva fue de una forma muy rápida ya que posee la virtud de la constancia. Aunado a las actividades deportivas el joven adulto, participa en todas las actividades recreativas y culturales, mostrándose receptivo en la ejecución de las mismas y con mucho interés en el aprendizaje, actualmente elabora Chinchorros, Bolsos y gorros, demostrando creatividad y dominio para la elaboración de artesanías obteniéndose buenos resultados en los trabajos que el joven ha realizado utilizando diversos tipos de hilos, aprendizaje que le pueden ser provechosos para su sustento económico..6.-Área Psiquiátrica: Se trata de adolescente masculino de 19 años de edad, quien permanece en la casa de Formación integral Pozuelos, por causal de homicidio, durante su permanencia el joven evidencia un aumento en los aspectos referidos al respeto a la normativa institucional y figuras de autoridad. Actualmente el joven ha incorporado a las actividades que se realizan en la institución, se muestra interesado en las actividades deportivas e incluso se involucra en otras acciones que podría ejecutar, despertándose en él. El por la educación en general, interacciona con positivamente con sus compañeros, tiene proyectos de vida, se muestra receptivo a las orientaciones y tolerante a los señalamientos, se evidencia mayor autocrítica, capacidad de reflexión y empatía. Sus procesos conductuales son significativos y apuntan hacia un buen pronóstico.7. Área Jurídica: El adolescente Robert IDENTIDAD OMITIDA, Titular de la Cedula de Identidad N° 26.070.767 ingresa a esta entidad de atención el día 02 de Noviembre de 2011, por órdenes de la Juez de Ejecución Sección Adolescente de Barcelona a fines de que cumpla sanción impuesta de tres (03) año y Seis (06) meses por la comisión del delito de Homicidio Intencional Tipificado en el artículo 406 del Código Penal caso seguido bajo el Asunto, BP01-D-2011-000596, esta representación de consultoría Jurídica, facilita asesoría legal en relación al status del proceso del joven adulto in comento, se asiste de forma personalizada en el proceso formativo de normas de convivencias que deben prevalecer en esta institución y en ese proceso de reinserción a la sociedad, se le instruye en los Derechos que le asisten en el cumplimiento de la medida de privación de libertad. Conclusión General del Equipo Multidisciplinario. El equipo técnico alude que el joven adulto Robert IDENTIDAD OMITIDA ha cumplido satisfactoriamente con el plan individual aplicado siendo participe en la ejecución de las estrategias utilizadas por cada profesional del equipo multidisciplinario quien lo ha evaluado en todas las áreas y deja constancia de la conducta ejemplar que ha mantenido durante su internamiento con las autoridades de la Institución y demás compañeros sancionados.”
Ahora bien concatenado este informe evolutivo con el PLAN INDIVIDUAL, practicado por el Equipo Técnico del Centro de Pozuelo, se observa que las metas trazadas con la participación del sancionado, se están cumpliendo de manera normal y que la sanción impuesta no es contraria a su proceso de desarrollo y debe esperarse hasta una próxima revisión para estimar si los objetivos trazados en dicho plan se encuentran en cumpliendo cabalmente y así tener la plena convicción que los factores e interés que incidieron en la comisión del hecho punible se van superando mediante el cumplimiento de los objetivos. Es cierto que, el informe evolutivo es satisfactorio sin embargo a criterio de la juzgadora estima que no es suficientes para garantizar que el sancionado no va a reincidir pues estos avances deben ser sostenidos en el tiempo, aunado a ello existen herramientas sobre todo educativas en las cuales se debe hacer énfasis para lograr la capacitación integral del sancionado y la finalidad educativo, de la sanción; razón por la cual ACUERDA MANTENER la medida PRIVACION DE LIBERTAD, impuesta por el Tribunal del Municipio Anaco de la Circunscripción Judicial Del Estado Anzoátegui, actuando en funciones de Control Sección de adolescente, por el plazo de TRES (’03) AÑOS, SEIS (06) MESES.-- En cuanto al computo de la sanción el tribunal observa que ha cumplido UN (01) AÑO, CINCO (05) MESES, DOCE (12) DIAS, faltando por cumplir DOS (02) AÑOS, DIECIOCHO (18) DIAS , siendo la fecha probable de culminación de la sanción, el 29 de abril de 2015 y, así se declara.
DISPOSITIVO
Quedando el dispositivo del fallo en los siguientes términos: :Por las consideraciones expuestas, este Tribunal de Ejecución Sección de Adolescente de este Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ACUERDA MANTENER LA MEDIDA DE PRIVACION DE LIBERTAD , impuesta por el Tribunal del Municipio Anaco de la Circunscripción Judicial Del Estado Anzoátegui, actuando en funciones de Control Sección de adolescente , por el plazo de TRES AÑOS (03) AÑOS Y SEIS (06) MESES; por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, tipificado en el artículo 406 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano NELSON DE JESUS VILLARROEL RÍOS (OCCISO); y determina que ha cumplido UN (01) AÑO, CINCO (05) MESES, DOCE (12) DIAS, faltando por cumplir DOS (02) AÑOS, DIECIOCHO (18) DIAS , siendo la fecha probable de culminación de la sanción, el 29 de abril de 2015 ; , todo conforme lo indicado en los artículos 629, 647 literales a ) y e) de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en relación con el articulo 628 Eiusdem y, así se declara. Con la lectura de esta acta quedan los presentes quedaron notificados de la decisión.
LA JUEZ DE EJECUCION SECCION ADOLESCENTES
DRA. LIBIA ROSAS MORENO
EL SECRETARIO
ABG. PEDRO FEBRES
|