REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, treinta (30) de abril de dos mil trece (2013)
203º y 154º

ASUNTO: BP02-L-2012-000402
Vista la diligencia de fecha 25 de abril de los corrientes, presentada por el ciudadano LEONARDO IGOR FLORES MENA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 13.751.939, asistido por el abogado EFRAIN ACOSTA GUZMAN, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 15.980, mediante la cual desiste de la acción y del procedimiento contentivo de demanda por cobro de prestaciones sociales que incoare contra la empresa FERTILIZANTES NITROGENADOS DE VENEZUELA (FERTINITRO); este Tribunal Quinto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, imparte la HOMOLOGACIÓN a dicho desistimiento en todas y cada una de sus partes, otorgándole el carácter de cosa juzgada, de conformidad con lo previsto en los artículos 263 y 265 del Código de Procedimiento Civil, aplicables por remisión del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Así se decide. De igual forma se ordena notificar al Procurador General de la República en cumplimiento a lo preceptuado en el artículo 97 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República. Regístrese, publíquese y déjese copia certificada de esta decisión.
La Jueza Provisoria,


Abg. María Carmona Ainaga

El Secretario,


Abg. José Guarapana.