REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, quince de abril de dos mil trece
202º y 154º

ASUNTO: BP02-L-2011-000132
DEMANDANTE: ANGEL CESAR VILLEGAS, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad numero 5.607.320.
APODERADOS JUDICIALES: VIRGILIO PADILLA SIFONTES RAMON GALINDO Y VANESSA MORALES, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 80.777, 80.778 y 116.045 respectivamente.
DEMANDADA: CHOCOBRU INTERNACIONAL CHOCOLATE IMPORTERS REGION CAPITAL Y CHOCOBRU PUNTO DE APOYO ORIENTE (CHOCOBRU P.A.O), la primera de las nombradas sociedad mercantil inscrita en el Registro mercantil V de la Circunscripción Judicial del entonces Distrito federal y Estado Miranda, bajo el numero 59, tomo 337 A QTO, del 12-08-1990 y la segunda en el registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui el cual quedo inserto bajo el numero 33, tomo A-30 de fecha 03-07-2003.
APODERADOS JUDICIALES DE LA DEMANDADA: JOSE GETULIO SALAVERRIA, RAFAEL RAMOS, MAXIMILIANO DI DOMENICO, ANA KARINA MARCANO, ANA VIRGINIA RAMOS, ANDRINA MARTINEZ, FINABERTH MENDEZ, EVELYN LOPEZ, YENR CAROLINA VELASQUEZ, DAYANA PEREZ Y REINA ROMERO, abogados en ejercicio e inscritos en el Inpreabogado bajo los números 2104, 10.205, 116.038, 141.333, 135.113, 90.797, 116.112, 119.109, 147.832, 87.214 Y 54.464 respectivamente.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.

En horas de despacho del día de hoy, quince (15) de abril del dos mil trece (2013), siendo las ocho y cuarenta y cinco de la mañana (08:45 .AM), oportunidad fijada para que tenga lugar la audiencia de juicio en la causa seguida por el ciudadano ANGEL CESAR VILLEGAS en contra de las empresas CHOCOBRU INTERNACIONAL CHOCOLATE IMPORTERS REGION CAPITAL Y CHOCOBRU PUNTO DE APOYO ORIENTE (CHOCOBRU P.A.O) plenamente identificadas. Se constituye de conformidad con lo previsto en el artículo 16 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, presidido por la Juez MARIA AUXILIADORA CHAVEZ, la Secretaria Abg. YESSIKA MEDINA y el Alguacil VICTOR PORCELLI, razón por la cual se abre la sesión y se da inicio a la Audiencia de Juicio. Posteriormente la Ciudadana Juez ordena a la Secretaria informar el motivo de la presente Audiencia y dejar constancia de la presencia de las partes, seguidamente la Secretaria dio cuenta a la ciudadana Juez del objeto de la presente Audiencia y deja constancia de la no comparecencia de la parte actora ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, asimismo se deja constancia de la presencia de las demandadas: CHOCOBRU INTERNACIONAL CHOCOLATE IMPORTERS REGION CAPITAL Y CHOCOBRU PUNTO DE APOYO ORIENTE (CHOCOBRU P.A.O) , a través de sus apoderados judiciales MAXIMILIANO DI DOMENICO y ANA KARINA MARCANO, plenamente identificado, a quien el tribunal le dio la palabra y expuso los fundamentos de hecho que considero pertinentes. Verificada la incomparecencia de la parte actora ni por si ni por medio apoderado judicial alguno, este tribunal de conformidad con lo establecido en el primer aparte del artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y por autoridad de la Ley, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela declara DESISTIDO EL PRESENTE PROCEDIMIENTO quedando a salvo el derecho del actor a incoar nuevamente la presente acción conforme al criterio sustentado por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia. No hay condenatoria en costas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Igualmente se deja constancia que la presente audiencia se reprodujo en forma audiovisual de acuerdo a lo preceptuado en el artículo 166 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, por una cámara de video manipulada por el técnico audiovisual JESUS GUEVARA, titular de la cedula de identidad numero 11.904.682, identificada con el serial DV DCR-HC28, numero 702696. Se declara concluida la Audiencia de Juicio. Siendo las 08:50 A.m. Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ,
MARÍA AUXILIADORA CHÁVEZ.


LOS APODERADOS JUDICIALES DE LA DEMANDADA,

LA SECRETARIA,
YESSIKA MEDINA.