REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI
203 ° y 154°
El Tigre, 26 de abril de 2013
N ° DE EXPEDIENTE: BP12-L-2012-000160
PARTE ACTORA: MILAGROS ESPINO FERRER
APODERADOS DE LA DEMANDANTE: EYLING ROJAS HILL
PARTE DEMANDADA: ELECTRICIDAD INDUSTRIAL PORTUGUESA, S.A.
APODERADOS DE LA DEMANDADA: No constituyó
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
ACTA DE DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO (Art. 130 LOPTRA)
A las 10:00 a.m. del día de hábil de hoy, viernes 26 de abril de 2013, siendo la oportunidad previamente fijada para la instalación de la audiencia preliminar, en la demanda que por Cobro de Prestaciones Sociales intentó la ciudadana MILAGROS ESPINO FERRER, venezolana, mayor de edad, con cédula de identidad número 16.573.212, en contra de la sociedad mercantil PANIFICADORA SAMIRA NASSER, sin datos constitutivos aportados, se deja constancia que no comparecieron ninguna de las partes para la instalación de la audiencia preliminar, ni por si ni por medio de apoderado alguno, a pesar del llamado del Alguacil del Circuito en las puertas del tribunal a la hora fijada, es decir a las 10:00 a.m., por lo que de conformidad con el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE LA PRESENTE DECISIÓN. Siendo las 10:15 a.m. se declara terminado el acto. Es todo, terminó se leyó y conformes firman. Años 203 º de la Independencia y 154º de la Federación.
El Juez,
Abg. Unaldo José Atencio Romero
La Secretaria,
Abg. Graciela Vásquez
En la misma fecha se dictó la sentencia en forma oral, se publicó a las 10:15 a.m. y se registró en el copiador respectivo. Conste.
La Secretaria,
UJAR/ua BP12-L-2012-000160
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