REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo Superior del Trabajo de la
Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, quince (15) de abril de dos mil trece (2013)
202º y 154º
ASUNTO: BP02-R-2013-000101
Visto el contenido de la diligencia presentada en fecha 10 de abril de 2013, suscrita por el abogado GERARDO SOTO DIAZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 72.731, procediendo con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, de la cual se extrae lo que a continuación se transcribe de la parte pertinentemente expuesta: “…En nombre de mi representada DESISTO del presente Recurso de Apelación, toda vez que se configuró una pérdida de interés en tramitar dicho recurso por cuanto mi patrocinada suscribió una transacción con el ciudadano Williams Castillo…”; actuación esta para ser agregada al expediente del recurso de apelación interpuesto contra la decisión de fecha trece (13) de febrero de dos mil trece (2013), dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, con sede en Barcelona, en la solicitud de homologación de transacción laboral, suscrita por el ciudadano WILLIAMS CASTILLO contra la sociedad mercantil COSTA NORTE CONSTRUCCIONES, C.A.
En virtud de tal manifestación y, constatado además la facultad y el carácter con el que actúa la representación de la parte que desiste (f. 05 al 07), este Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO del referido recurso de apelación de autos.
Publíquese y regístrese. Se ordena dar por terminado el presente asunto y su remisión al archivo judicial.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en Barcelona, a los quince (15) días del mes de abril de dos mil trece (2013).
La Juez
Abg. Carmen Cecilia Fleming
La Secretaria,
Abg. Argelis M Rodríguez A
En la misma fecha de hoy, siendo las diez horas y un minuto de la mañana (10:01 a.m.) se publicó en el sistema juris 2000 y se cumplió con lo ordenado. Conste.-
La Secretaria,
Abg. Argelis M Rodríguez A
CCF/AR.-
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