REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Segundo Superior del Trabajo de la
Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintinueve (29) de abril de dos mil trece (2013)
203º y 154º

ASUNTO: BP02 -R-2013-000210

PARTE DEMANDANTE: ciudadanos CARMEN MELANIA GALEA y PABLO ANTONIO GALEA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números 4.620.057 y 3.328.199, respectivamente.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: abogados JOSE BETANCOURT y LUISA SILVA, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 59.785 y 94.191, respectivamente.

PARTE CODEMANDADA: sociedad mercantil PETREX SUDAMERICA, SUCURSAL VENEZUELA, S.A.,
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE CODEMANDADA: abogadas NIKARY VASQUEZ YOSEIRA ESCOBAR, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 116.145, respectivamente.

PARTE CODEMANDADA: sociedad mercantil PDVSA PETROLEO, S.A.,
APODERADOS DE LA PARTE CODEMANDADA: abogadas ALICIA RAMIREZ y DAILIRYS MEDINA, JOVITA CEDEÑO, esta última inscrita en el Inpreabogado bajo el números 63.575.

TERCERO EXCLUYENTE RECURRENTE: ciudadanos DENNIS DE JESUS MORENO y LEONARDO JESUS CAMACHO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº 15.279.263 y 16.250.764, respectivamente.
APODERADO JUDICIAL DEL TERCERO EXCLUYENTE RECURRENTE: abogado GERARDO GUZMAN, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 44.973.


MOTIVO: AUDIENCIA ORAL Y PUBLICA CON OCASIÓN AL RECURSO DE APELACION EJERCIDO POR LA REPRESENTACION JUDICIAL DEL TERCERO EXCLUYENTE EN EL ASUNTO PRINCIPAL, CONTRA AUTO DE FECHA 12 DE AGOSTO DE 2011 DICTADO POR EL TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ANZOATEGUI CON SEDE EN LA CIUDAD DE EL TIGRE.

En el día hábil de hoy, veintinueve (29) de abril de dos mil trece (2013), siendo las 11:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la audiencia de parte en la presente causa. Se deja constancia que se encuentra presentes la Juez Abg. Carmen Cecilia Fleming, la Secretaria del Tribunal, Abg. Argelis M Rodríguez A, y el alguacil designado. Se deja constancia de la incomparecencia del tercero excluyente recurrente, ciudadanos DENNIS DE JESUS MORENO y LEONARDO JESUS CAMACHO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº 15.279.263 y 16.250.764, respectivamente. Al verificar el Tribunal la incomparecencia de la parte recurrente, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: De conformidad con lo establecido en el artículo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial del tercero excluyente en el asunto principal, contra auto de fecha 12 de agosto de 2011, dictado por el Tribunal Sexto De Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución Del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui con sede en la ciudad de El Tigre y CONFIRMADO el auto recurrido. Igualmente, se deja constancia que la presente Audiencia se reprodujo en forma audiovisual de acuerdo a lo preceptuado en el artículo 166 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, con una cámara marca SONY DCR-HC 28, serial No. 715857 manipulada por el Técnico Audiovisual adscrito a la Coordinación Judicial de esta Circunscripción ciudadano JESUS GUEVARA, titular de la cédula de identidad No 11.904.682. Se ordena agregar a los autos el video grabación del presente acto. Se acuerda la publicación de la presente acta así como dejarse copia certificada de la misma. Es Todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
La Juez,

Abg. Carmen Cecilia Fleming H.

La Secretaria

Abg. Argelis M Rodríguez A