REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Mediación y Sustanciación de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Anzoátegui - Barcelona
Barcelona, cuatro de abril de dos mil trece
202º y 154º

ASUNTO: BP02-V-2012-000858
Sentencia interlocutoria con fuerza de definitiva

MOTIVO: DIVORCIO CONTENCIOSO
PARTE DEMANDANTE: JULIO CESAR CHARAMA PANACUAL, venezolano, mayor de edad , titular de la cedula de identidad numero 8.224.752 y domiciliado San isidro a San José, calle Punta larga , casa numero 19-2, San José del Ávila Parroquia Altagracia , Municipio Libertador del Distrito Capital ABOGADO APODERADO. JOSE DE JESUS GONZALEZ VELASQUEZ, abogado en ejercicio inscrito en el inpreabogado bajo el numero 33.352
PARTE DEMANDADA: ERICA CAROLINA CONA CASTELLANOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad numero 17.359.852 y domiciliada en la calle Democracia, numero 06, Urbanización La Travesía, Sabana de Uchire del estado Anzoátegui.
APODERADO ABOGADO: ALIRIO RAFAEL ROSAS CAMEJO, inscrito en el inpreabogado bajo el numero 103.862 y titular de la cedula de identidad numero 10.997.442 y de este domicilio.
NIÑO, NIÑA Y/O ADOLESCENTE: (Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente)


Visto que en la oportunidad para que tenga lugar la AUDIENCIA UNICA DE MEDIACION de la Audiencia Preliminar a la que se contrae el articulo 521 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, con ocasión a la demanda de demanda con motivo de DIVORCIO CONTENCIOSO, interpuesto por el ciudadano JULIO CESAR CHARAMA PANACUAL, venezolano, mayor de edad , titular de la cedula de identidad numero 8.224.752 y domiciliado San isidro a San José, calle Punta larga , casa numero 19-2, San José del Ávila Parroquia Altagracia , Municipio Libertador del Distrito Capital, siendo su apoderado judicial el abogado en ejercicio, JOSE DE JESUS GONZALEZ VELASQUEZ , inscrito en el inpreabogado bajo el numero 33.352 tal , en contra de la ciudadana ERICA CAROLINA CONA CASTELLANOS , venezolana, mayor de edad , titular de la cedula de identidad numero 17.359.852 y domiciliada en la calle Democracia, numero 06, Urbanización La Travesía, Sabana de Uchire del estado Anzoátegui y donde se encuentra involucrado las niñas (Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) . Anunciado el acto por la Alguacil Lizandra Fuentes .Se dejo constancia de la incomparecencia de la parte demandante ni por si ni por medio de apoderado judicial y la comparecencia de la parte demandada y su apoderado jucial, abogado en ejercicio ALIRIO RAFAEL ROSAS CAMEJO, inscrito en el inpreabogado bajo el numero 103.862 y titular de la cedula de identidad numero 10.997.442 y de este domicilio. Se constituyen en el Despacho del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, y Sustanciación del Circuito de Protección de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede Barcelona, con la Jueza AMERICA FERMIN. En virtud de la incomparecencia de la parte demandante, el ciudadano JULIO CESAR CHARAMA PANACUAL ZAMBRANO, ya identificada, a la celebración de la audiencia Única preliminar en fase de mediación, sin que se justificara su inasistencia, esta Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección del Niño, Niña y Adolescente de esta Circunscripción Judicial en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, y a tenor de lo establecido en el artículo citado 472 de la Ley especial, DECLARA: PRIMERO: DESISTIDO el PROCEDIMIENTO, con motivo de DIVORCIO CONTENCIOSO, interpuesto por el ciudadano JULIO CESAR CHARAMA PANACUAL, venezolano, mayor de edad , titular de la cedula de identidad numero 8.224.752 y domiciliado San isidro a San José, calle Punta larga , casa numero 19-2, San José del Ávila Parroquia Altagracia , Municipio Libertador del Distrito Capital siendo su apoderado judicial el abogado en ejercicio, JOSE DE JESUS GONZALEZ VELASQUEZ , inscrito en el inpreabogado bajo el numero 33.352 tal , en contra la ciudadana ERICA CAROLINA CONA CASTELLANOS , venezolana, mayor de edad , titular de la cedula de identidad numero 17.359.852 y domiciliada en la calle Democracia, numero 06, Urbanización La Travesía, Sabana de Uchire del estado Anzoátegui y donde se encuentra involucrado las niñas (Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) y TERMINADO éste mediante Decisión Oral reducida a un Acta, la cual debe ser publicada en este mismo día, según lo consagrado a lo establecido en el artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. SEGUNDO: EXTINGUIDA LA INSTANCIA, en atención a la normativa que regula la materia, se les hace saber a las partes que transcurrido un mes, podrán intentar nuevamente su solicitud. TERCERO: Devuélvase originales a las partes, dejando en su lugar copias certificadas Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
Publíquese, regístrese, déjese, copia certificada en el Tribunal como lo ordena el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección del Niño, Niña y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Barcelona, a los cuatro (04) días del mes de Abril del año dos mil trece(2013). Años 202º de la Independencia y 154º de la Federación
La jueza Povisorio

Dra. AMERICA FERMIN

La Secretaria
Abog. Julimar Luciani.