Tribunal de Violencia contra la Mujer en Función de Control, Audiencia y Medidas de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui- Barcelona
Barcelona, 31 de Agosto de 2013
203º y 154º

ASUNTO PRINCIPAL : BP01-S-2013-001998
ASUNTO : BP01-S-2013-001998

Visto el escrito presentado por el DRA. ANGELICA ALCALA , en mi condición de Fiscal 24º del Ministerio Público, coloco a la disposición de este Despacho al ciudadano FIDEL DE JESUS PERICANA GUAITA, titular de las cédulas de identidad Nº V.- 8.214.862, por la comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el Artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. en perjuicio de la ciudadana MARIELIS DEL VALLE PERICANA HERNANDEZ, por lo que muy respetuosamente solicito le sea concedida MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS DE LIBERTAD, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 242 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal; invocado por remisión expresa del articulo 64º de la Ley Especial que rige la materia de igual manera solicito la imposición de MEDIDAS CAUTELARES establecidas en el articulo 92 numeral 7 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Asimismo solicito a favor de la victima, MEDIDAS DE PROTECCION Y SEGURIDAD, de conformidad con lo establecido en el artículo 87, numerales 1, 5 y 6 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una vida Libre de Violencia. Asimismo solicito se acuerde el Procedimiento Especial, y se califique la aprehensión como flagrante de conformidad con lo previsto en el artículos 93, 94 y 95 Ejusdem. Es todo. Asistido por su Defensora publica DRA. SOFIA RINCON, quien acepto el cargo y presto el juramento de Ley en actas separadas.
PRIMERO: De conformidad con lo establecido en el articulo 93 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una vida Libre de Violencia, se decreta la aprehensión del ciudadano FIDEL DE JESUS PERICANA GUAITA, como flagrante y se establece que el procedimiento a seguir sea el único y especial contenido en los articulo 94 y siguientes de la ley como lo son los delitos de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana MARIELIS DEL VALLE PERICANA HERNANDEZ
SEGUNDO: Oídas las partes y analizadas como han sido las actuaciones presentadas por la Fiscalía 24º del Ministerio Público, en virtud de: Cursa en el folio Tres y su Vto. (03) ACTA PROCESAL de fecha 29 de agosto del 2013 suscrita por el funcionario oficial agregado YOLIBEL NAVARRO titular de la cedula de identidad Nº 18.510.017; coordinadora del departamento de protección a la mujer y la familia del centro de coordinación policial el viñedo de La Policía Del Estado DENUNCIA Nº 250/2013 de fecha 29 de agosto del 2013 suscrita por el oficial YOLIBEL NAVARRO adscrita al centro de Coordinación Policial El Viñedo de la Policía del Estado Anzoátegui DERECHOS DEL IMPUTADO. Cursa folio nº 05 ENTREVISTA De Fecha 29 De Agosto Del 2013 SUSCRITA POR LA FUNCIONARIA YOLIBEL NAVARRO DE LA POLICIA DEL ESTADO , quien deja constancia que se presento una ciudadana de Nombre NORAIMA JOSEFINA VILLAREAL BERSERGUI Titular de La Cedula de Identidad Nº 19.397.846 en calidad de testigo Cursa Folio 6 Y 7 CONSTANCIA MEDICA de fecha 29/08/2013 suscrita por la DRA. MARIA GIMENEZ QUIEN DEJA CONSTANCIA QUE SE PRESENTO UNA PASIENTE DE NOMBRE MARIELIS PERICANA PRESENTANDO HEMATOMAS EN LA PIERNA DERECHA Y BRAZO DERECHO, CONSTANCIA MEDICA DE LA CUIDADANA LOMINA VILLAROEL, Presentando Una Lesión Pequeña En La Región Interna Del Cuello. CURSA FOLIO Nº 08 DERECHOS DE LA VICTIMA De Fecha 29 De Agosto Del 2013 cursa folio Nº 09 NOTIFICACION Y MEDIDAS DEL AGRESOR De Fecha 29 De Agosto Del 2013 CURSA folio Nº 10 MEDIDAS DE PROTECCION Y SEGURIDAD A LA VICTIMA De Fecha 29 De Agosto Del 2013 CURSA FOLIO 11 OFICIO A LA MEDICATURA FORENCE DEL CUERPO DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS PENALES Y CRIMINALISTICAS SUB DELEGACION BARCELONA CURSA FOLIO 12 OFICIO AL SERVICIO MEDICO PSICOLOGO-PSIQUIATRICO INAMUJER DE BARCELONA ESTADO ANZOATEGUICURSA FOLIO Nº 13 DERECHOS DEL IMPUTADO DE FECHA 29 DE AGOSTO DEL 2013 CURSA FOLIO Nº 14 Y SU VTO DATOS FILIATORIOS DEL IMPUTADO DE FECHA 29/08/2013 CURSA FOLIO Nº 15 COPIA FOTOESTATICA DEL ACUSADO FIDEL DE JESUS PERICANA GUAITA , CURSA FOLIO Nº 16 OREDE DE APREHENCION DE FECHA 30 DE AGOSTO DEL 2013 , CURSA FOLIO Nº 17 BOLETA DE TRASLADO DE FECHA 30/ 08/2013 por consiguiente observa encontrados cumplidos los numerales 1 y 2 del articulo 242 del Código Orgánico Procesal Penal, y existiendo suficientes elementos de convicción que comprometan la responsabilidad penal del imputado de autos, cuya acción penal no se encuentra evidentemente prescrita y en razón de no existir peligro de fuga ni obstaculización del proceso, en la búsqueda de la verdad, con fundamento en el articulo 242 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, decretar MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, a favor del ciudadanos FIDEL DE JESUS PERICANA GUAITA, consistentes en: 1) Presentación cada TREINTA (30) DÍAS por ante la Oficina de Alguacilazgo así como las previstas en el articulo 92 numeral 7º de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, consistente en: 7) Remisión del presunto agresor al Equipo Interdisciplinario a los fines de que sea evaluado y se le brinde orientación requerida, como órgano especializado en violencia de género.
TERCERO: Asimismo se acuerda aplicar a favor de la victima, las MEDIDAS DE PROTECCION Y SEGURIDAD de conformidad con lo establecido en el articulo 87 de la Ley Especial en sus numerales: 1) Remisión de la victima a la unidad de atención de la victima de la fiscalica 24 del ministerio publico a los fines de que sea evaluada y se le brinde orientación requerida, y se levante Informe Integral. 5º) Se prohíbe al presunto agresor el acercamiento a la mujer agredida, en consecuencia, imponer al presunto agresor la prohibición de acercarse al lugar de trabajo, de estudio o residencia de la mujer agredida; 6º) La prohibición al presunto agresor de ejercer por si o por terceras personas actos de persecución, intimidación o acoso a la mujer agredida a algún integrante de su familia.
CUARTO:. Se acuerda expedir oficio Al centro de coordinación policial el viñedo de la policía del Estado sobre la decisión de este tribunal. Se deja constancia que la audiencia concluyó siendo las 05:16 de la tarde. Termino se leyó y conformes firman
EL JUEZ DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS Nº 01,
DR. FABRICIO LOPEZ
EL SECRETARIO,
ABG. KENYIS HURTADO