REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui extensión El Tigre
El Tigre, cinco de Agosto de dos mil trece
203º y 154º
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-J-2013-001079
SENTENCIA INTERLOCUTORIA
MOTIVO: CONSIGNACION DE BIENES
ADOLESCENTES: ….
Visto que en la solicitud de CONSIGNACION DE DISPOSICION DE BIENES, presentada por la empresa ZULIA INDUSTRIAL CONSTRUCTIONS, C.A., en la cual consigna cheque de Gerencia Nº 070093501 de fecha 11 de junio del 2013, girado del Banco Banesco a nombre del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la circunscripción Judicial del estado Anzoátegui por un monto de bolívares 25.420,08, a favor de los adolescentes …., quien los representa el ciudadana GLADYS ZORAIDA REYES, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-14.343.408, en virtud del fallecimiento de su padre, el extinto ciudadano CIRCUNCISION ARISMENDY, quien fuera venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-24.609.357, fallecido el día 07 de septiembre del año 2012, el cual laboraba para esa empresa como Carpintero A. Anunciado el acto a las puertas del Tribunal del Circuito Judicial de Protección por el Alguacil, JUAN CARLOS MORILLO, dirigido por la Jueza SAMINTHA MARIN ZAPATA, deja expresa constancia de la comparecencia de la Fiscal Duodécima del Ministerio Público de esta misma Circunscripción Judicial, Abg. Janet Bermúdez, asimismo se deja constancia de la comparecencia de la ciudadana GLADYS ZORAIDA REYES. Seguidamente se le toma la palabra la ciudadana GLADYS ZORAIDA REYES, quien expone: “Consigno en este acto Copias certificadas solicitadas por la representación Fiscal del ministerio público, en la audiencia de fecha 17/07/2.013. Asimismo solicito se me haga entrega de la cantidad de TRES MIL QUINIENTOS BOLÌVARES (Bs. 3.500,oo) para compra de ropa, uniforme escolar, pago de inscripción y mensualidad de mi hijo …. y se me fije una cuota mensual de MIL QUINIENTOS TREINTA Y CINCO BOLÌVARES (Bs. 1.535,oo) para manutención (alimentos) de mi hijo. Igualmente con respecto a la cantidad de DOCE MIL SETECIENTOS DIEZ BOLÌVARES CON CUATRO CENTÌMOS (Bs. 12.710,04) que le corresponden a mi hijo …., le informo al tribunal que una vez que el cumpla la mayoría de edad, solicitará la entrega de dicho monto, ya que se encuentra cursando estudios universitarios en San Cristóbal Estado Táchira”. Seguidamente se le toma la palabra la ciudadana Fiscal Duodécima del Ministerio Público Abg. Janet Bermúdez, quien expone: “Doy Opinión Favorable con respecto a lo solicitado por la ciudadana GLADYS ZORAIDA REYES. Es todo”. Este tribunal visto el pedimento formulado por la ciudadana GLADYS ZORAIDA REYES, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-14.343.408, a favor de su …., por cuanto dicho pedimento no es contrario a las Leyes y a ninguna de las disposiciones legales, en consecuencia en nombre de la República Bolivariana y por autoridad de la Ley, Acuerda: hacer entrega ÙNICA a la ciudadana GLADYS ZORAIDA REYES, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-14.343.408, a favor de su hijo …. por la cantidad de TRES MIL QUINIENTOS BOLÌVARES (Bs. 3.500,oo) para compra de ropa, uniforme escolar, pago de inscripción y mensualidad de mi hijo ….y se le fija una cuota mensual de MIL QUINIENTOS TREINTA Y CINCO BOLÌVARES (Bs. 1.535,oo) para manutención (alimentos) de su hijo. Igualmente con respecto a la cantidad de DOCE MIL SETECIENTOS DIEZ BOLÌVARES CON CUATRO CENTÌMOS (Bs. 12.710,04) que le corresponden al adolescente …. dicha suma será solicitada por él cuando cumpla la mayoría de edad, ya que se encuentra cursando estudios universitarios en San Cristóbal Estado Táchira”. Asimismo, se acuerda hacer entrega de la libreta de la cuenta de ahorros una vez aperturada la misma por la madre ciudadana GLADYS ZORAIDA REYES, a nombre de su hijo el adolescente …., a los fines de la movilización de la respectiva cuenta y del retiro mensual de la cuota fijada. Ofíciese lo conducente a la Oficina de Control y Consignación para que se le de estricto cumplimiento a lo aquí ordenado. Cúmplase.
Dada, firmada y sellada en la sala de Audiencias del Tribunal Primero de Primera Instancia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, a los cinco (05) días del mes de Agosto del año 2.013.-
La Jueza Provisoria;
Abog. Samintha Marín Zapata
La Secretaria Titular;
Abg. Mariana Llavaneras Briceño
|