REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, trece de diciembre de dos mil trece
203º y 154º
ASUNTO Nº BP02-M-2013-000005
Vista la diligencia que antecede, de fecha 02 de Diciembre del 2.013, suscrito por el ciudadano CARLOS MARTÍNEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 12.437.944 y de este domicilio, en su carácter de Vice-Presidente de la Empresa demandante, debidamente asistido por el Abogado JOSÉ GUARAPANA, de este domicilio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 201.474, mediante el cual procede a desistir del juicio de Cobro de Bolívares, incoado por la Empresa INVERSIONES Y SERVICIOS MULTIPLES EUREKA, C.A., domiciliada en Barcelona Estado Anzoátegui, e inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en fecha 16 de octubre de 2.007, bajo el Nº 37, Tomo A-42, en contra de Empresa ZARAMELLA & PAVAN CONSTRUCCION COMPANY, S.A., constituida originalmente bajo la denominación Z&P Construcción Company, inscrita en el Registro de Comercio llevado antes por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil del Segundo Circuito Judicial del Estado Zulia, en fecha 15 de Marzo de 1.951, bajo el Nº 10, folio 12; este Tribunal HOMOLOGA dicho DESISTIMIENTO en la misma forma, términos y condiciones por él expresados; ordenándose proceder como en Sentencia pasada, en Autoridad de cosa juzgada, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Se da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del Expediente. Cúmplase.
El Juez Temporal,
Alfredo José Peña Ramos
La Secretaria,
Judith Milena Moreno Sabino
/Amelia
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