REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui - Barcelona
Barcelona, dieciocho de diciembre de dos mil trece
203º y 154º

ASUNTO: BP02-R-2013-000695
Vista el contenido de la diligencia presentada en fecha 16 de Noviembre del 2013, suscrita por la Abogada PATRICIA GRIFFITH, debidamente inscrita en el Inpreabogado bajo el número 50.128, en su carácter de Apoderada Judicial del ciudadano CARLOS RONDON, parte recurrente y demandante en el presente asunto de Amparo Constitucional; mediante las cuales anuncia Recurso de Apelación, y asimismo visto el computo de despacho realizado en fecha 18 de diciembre de 2013, de conformidad con lo establecido en el articulo 35 de Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, el cual establece: “contra la decisión dictada en Primera Instancia sobre la solicitud de amparo se oirá apelación en un solo efecto. S transcurridos tres (03) DIAS DE DICTADO el fallo, las partes, el ministerio Publico o los procuradores no interpusieren apelación, el fallo será consultado con el Tribunal Superior respectivo, al cual se le remitirá inmediatamente copia certificada de lo conducente. este Tribunal decidirá en un lapso no mayor de treinta (30) días”. y siendo que fue anunciado fuera del lapso legal correspondiente, en consecuencia, este Juzgado Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en usos de sus atribuciones legales, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, acuerda negar el Recurso de Apelación, presentada por la Abogada PATRICIA GRIFFITH, debidamente inscrita en el Inpreabogado bajo el número 50.128, en su carácter de Apoderada Judicial del ciudadano CARLOS RONDON, en contra de decisión dictada por este Tribunal Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescente de esta Circunscripción Judicial, en fecha 05 de diciembre de 2013. Cúmplase.-
LA JUEZA.
DRA. ANA JACINTA DURAN.

LA SECRETARIA. ACC

ABOG. ROSSMARY LOPEZ.-

En la misma fecha del auto anterior se le dio cumplimiento a todo lo ordenado en él.-
LA SECRETARIA. ACC

ABOG. ROSSMARY LOPEZ.-