REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripcion.Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, dieciséis de diciembre de dos mil trece
203º y 154º

ASUNTO: BH06-X-1996-000016
Vista la diligencia de fecha 06-12-2013, anterior cursante al Folio (207) del presente expediente, suscrita por la abogada EVA MARINA GONZALEZ E, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 31.376, actuando en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana: MARY CRUZ MARCANO LAREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 8.306.590 y domiciliada: Calle Bolívar, casa Nº 12 del Municipio Autónomo Guanta del Estado Anzoátegui, quien actúa en nombre y representación de su hija Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) y el contenido de la misma. En consecuencia este Tribunal de Primera Instancia de Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en nombre de la Republica Bolivariana y por autoridad de la Ley, acuerda Hacerle entrega a la ciudadana MARY CRUZ MARCANO LAREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 8.306.590 la suma de OCHO MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y SEIS BOLIVARES CON 80/100 (Bs 8.296.80) por concepto de Bonificación de Fin de Año. Los cuales serán descontados de la Cuenta de Ahorros Nº 0175-0088-10-0010005068, del Banco Bicentenario Agencia Barcelona, a nombre de la ciudadana MARY CRUZ MARCANO LAREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 8.306.590. Ofíciese a la Oficina de Control de Consignaciones, a los fines arriba indicados. Líbrese oficio. Cúmplase.-
LA JUEZ PROVISORIO
Abog. SULEIMA PEREZ

LA SECRETARIA

Abg. CLARA ASTUDILLO.-

SP/Alicia.-