REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintinueve de enero de dos mil trece
202º y 153º
ASUNTO: BP02-F-2012-000163
La presente causa se contrae a la pretensión de Partición y Liquidación de la Comunidad Conyugal intentada por la ciudadana Zuraima Josefina Colón Reyes, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.440.420, contra el ciudadano Andrés Alberto Jiménez Guevara, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.188.211; el cual fue admitido por este Despacho en fecha veinte (20) de septiembre de 2012, cumpliéndose con todas las fases correspondientes al presente proceso hasta la fecha dieciocho (18) de enero de 2013.-
En fecha veinticinco (25) de enero de 2013, comparecieron por ante este Juzgado, por una parte la abogada Mariammar Pugas, inscrita en el Inpreabogado con el Nº 109.107, actuando en su carácter de apoderada judicial del ciudadano Andrés Alberto Jiménez Guevara, antes identificado; y por la otra parte la abogada Zuraima Josefina Colón Reyes, inscrita en el Inpreabogado con el Nº 98.205, actuando en su propio nombre y representación; y consignaron Transacción suscrita entre las partes intervinientes, constante de seis (06) folios útiles, solicitando la homologación de la misma en los términos convenidos entre las partes contratantes, en consecuencia, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1.713 del Código Civil, HOMOLOGA en todas y cada una de sus partes la referida transacción, en los mismos términos y condiciones suscrita por ellos y se procede como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.- Así se decide en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley.-
Regístrese y publíquese.-
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.- En Barcelona, a los veintinueve (29) días del mes de enero del año dos mil trece.- Años: 202° de la Independencia y 153° de la Federación.-
EL JUEZ PROVISORIO,
Abg. JESÚS S. GUTIERREZ D.
LA SECRETARIA,
Abg. MIRLA MATA ROJAS
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