REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO DEL MUNICIPIO SIMÓN RODRÍGUEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, EXTENSIÓN EL TIGRE.
El Tigre, 15 de Enero de 2013
202º y 153º
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-M-2012-000093
Visto el anterior libelo de la demanda, junto con los recaudos que lo acompañan, por COBRO DE DE BOLIVARES (VIA INTIMATORIA), interpuesta por el ciudadano JOSE GREGORIO TINEO, abogado e ejercicio, venezolano, mayor de edad, titular Nº V-8.471.297, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 37.107,procediendo en este acto en mi carácter de Apoderado Judicial y Endosatario en procuración del ciudadano ROBERTO RAFAEL DOMMAR BARILLA contra el ciudadano MARCOS RAFAEL VERA CASTILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 8.544.981, y por cuanto de la revisión de la misma se observa que la estimación de la demanda es superior a la cuantía, atribuida a este Tribunal, según resolución Nº 619 de fecha 30-01-1996, emanada del extinto Consejo de la Judicatura, este Juzgado del Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se declara INCOMPETENTE y DECLINA el conocimiento del presente juicio al Juzgado Distribuidor de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.- Désele salida y remítase con oficio.-
LA JUEZ SUPLENTE ESPPECIAL,
ABG. ARELIS MORILLO SANCHEZ
LA SECRETARIA TITULAR,
ABG. FLOR YESENIA CUESTA G.
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