REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO SIMON RODRIGUEZ
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado del Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre.
El Tigre, quince de enero de dos mil trece
202º y 153º
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2012-001337
ASUNTO: BP12-S-2012-001337
Vista la solicitud presentada por la ciudadana: DUGMILA BARRETO RODRIGUEZ, venezolana, soltera,, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° V-3.958.813, domiciliada en la Urbanización Francisco de Miranda Sector Pueblo Nuevo Norte, tercera Carrera Norte casa Nº 268 de la Ciudad de El Tigre Municipio Simon Rodríguez del Estado Anzoátegui, debidamente asistida por la ABG. LUCIA GONZALEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 179.969, donde peticiona se le conceda TITULO SUPLETORIO de dominio sobre unas bienhechurias que fomento a expensas propias con dinero de su propiedad, en una parcela de terreno propiedad municipal ubicada en la Urbanización Francisco de Miranda Sector Pueblo Nuevo Norte, tercera Carrera Norte casa Nº 268 de la Ciudad de El Tigre Municipio Simon Rodríguez del Estado Anzoátegui, con una superficie aproximada de TRESCIENTOS TREINTA Y DOS METROS CUADRADOS CON CINCUENTA CENTIMETROS (332,50 Mts²) el cual consta de los siguientes linderos; NORTE: con bienhechurias que son o fueron de Elena Barbosa Castillo; SUR: con la Tercera Carrera Norte que es su frente, ESTE: Con bienhechurias que son o fueron de Yuraima Moreno; y OESTE: con bienhechurias que son o fueron de Víctor Villarroel y bienhechurias que son o fueron de Antonio Pilar.- Las mencionadas bienhechurias se encuentran construidas con pisos y paredes de bloques de cemento debidamente frisadas, techada la mitad con laminas de asbesto y la otra mitad con laminas de zinc, puertas y ventanas de hierro, sistema eléctrico, servicios de aguas blancas y negras, distribuidas de la siguiente manera: Cinco (05) habitaciones, Dos (02) sanitarios, una (01) sala, un (01) comedor, una (01) cocina, un (01) corredor y un (01) lavandero.- El valor invertido es la cantidad de TRESCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 300.000,00) y teniéndose presente las declaraciones de los testigos: TRINA MIRAIDA SOLIS SALAS, venezolana, de cincuenta y dos (52) años de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad No. V.-8.971.980, domiciliada en la Calle La Bomba Sector San José casa Nº 17 de la Ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui y HILDA ALEISADRINA HERNANDEZ PRIETO, venezolana, treinta y dos (32) años de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad No. V.-15.619.058, de profesión u oficio: del hogar, domiciliada en la Calle 27 Sur casa Nº 20 de la Ciudad de El Tigre Municipio Simon Rodríguez del Estado Anzoátegui en consecuencia este Tribunal, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos de terceros, declara TÍTULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce la ciudadana: DUGMILA BARRETO RODRIGUEZ, plenamente identificada, en las bienhechurias antes descritas en el presente decreto.- Devuélvanse las actuaciones a la parte interesada. Cúmplase
LA JUEZ,
ABG. ARELIS MORILLO SANCHEZ
Suplente Especial
LA SECRETARIA TITULAR,
ABG. FLOR YESENIA CUESTA GONZALEZ.