REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, dieciséis (16) de enero de dos mil trece
202° y 153°

Acta de Audiencia (Inicio-Desistida)

ASUNTO: BP02-L-2011-001198
DEMANDANTE: El ciudadano PABLO JOSÉ MORENO MALAVE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 10.065.223.
ABOGADOS APODERADOS DE LA ACTORA: Los abogados en ejercicio LEIDYS DEL CARMEN AGUILERA DE FERNÁNDEZ y MANUEL LUGARDIS RON PEREIRA; inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 100.873 y 141.200, respectivamente.
DEMANDADAS: INGEDIGIT, C.A. y CORPORACIÓN ASSC DE VENEZUELA, C.A.
ABOGADOS DE LAS DEMANDADAS: NO SE PRESENTÓ.
MOTIVO: DIFERENCIA DE COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.

Hoy, dieciséis (16) de enero de dos mil trece (2013), siendo las diez (10:00 a.m.), día y hora fijado para que tenga lugar el inicio de la Audiencia Preliminar, por DIFERENCIA DE COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES; se deja expresa constancia de que las partes no comparecen a la realización de la Audiencia Preliminar. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 153° y 202°.
El Juez,


Abg. Sergio Millán Charles

La Secretaria,

Abg. Fabiola Pérez.
En esta misma fecha se dictó y publicó la anterior decisión siendo las 10:12 a.m. Conste.
La Secretaria,

Abg. Fabiola Pérez.