REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, dieciocho (18) de enero de dos mil trece
202° y 153°
Acta de Audiencia (Inicio-Desistida)
ASUNTO: BP02-L-2012-000158
DEMANDANTE: La ciudadana GIANNA ALMERIDA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 8.254.866.
ABOGADO ASISTENTE DE LA ACTORA: El abogado en ejercicio MIGUEL VELASQUEZ; inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 111.719.
DEMANDADA: LAGOMAR SHOPPING AND TERMINAL SERVICES, C.A. (LAGOMAR SHOPPING, C.A.)
ABOGADA DE LA DEMANDADA: MARIA TERESA RAMIREZ DE FINOL.
MOTIVO: CALIFICACIÓN DE DESPIDO.
Hoy, dieciocho (18) de enero de 2013, siendo las diez (10:00 a.m.), día y hora fijado para que tenga lugar el inicio de la Audiencia Preliminar, por CALIFICACIÒN DE DESPIDO; se deja expresa constancia de que las partes no comparecen a la realización de la Audiencia Preliminar. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 153° y 202°.
El Juez,
Abg. Sergio Millán Charles
La Secretaria,
Abg. Fabiola Pérez.
En esta misma fecha se dictó y publicó la anterior decisión siendo las 10:06 a.m. Conste.
La Secretaria,
Abg. Fabiola Pérez.
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