REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, diecisiete (17) de enero de dos mil trece (2013)
202º y 153º

EXPEDIENTE: BP02-L-2012-000887
DEMANDANTE: LUIS RAFAEL HERNANDEZ
DEMANDADA: AGUEDELCA C.A.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES


En el día hábil de hoy, diecisiete (17) de enero de dos mil trece (2013), siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar la instalación de la audiencia preliminar en la presente causa, contentiva del juicio por cobro de prestaciones sociales, incoado por el ciudadano LUIS RAFAEL HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 8.264.939 contra la empresa AGUEDELCA C.A. Se anunció el acto a las puertas del Tribunal conforme a la Ley, habiendo comparecido la abogado ADAYSA GUERRERO RODRIGUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 116.151, actuando en sus carácter de apoderadA judicial de la demandada AGUEDELCA C.A., tal y como se evidencia de instrumento poder, cursante igualmente a los autos. Asimismo de la incomparecencia de la parte actora, ciudadano LUIS RAFAEL HERNANDEZ, ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que este Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA DESISTIDO Y TERMINADO EL PROCEDIMIENTO, de conformidad con lo establecido en el articulo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión. Dada, firmada y sellada en la sala de despacho de este Juzgado.
La Jueza Provisoria,


Abg. María Carmona Ainaga


Apoderada Judicial de la demandada

La Secretaria


Abg. Elaine Quijada.