REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Mediación y Sustanciación de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Anzoátegui - Barcelona
Barcelona, veintiocho de enero de dos mil trece
202º y 153º

ASUNTO: BP02-J-2012-001024

Vista la diligencia de fecha 15/01/2013, suscrita por la ciudadana MARIANNY TERESITA SIEBER LETTERNY, titular de la cédula de identidad Nº V-14.817.770, debidamente asistida por la el abogado JOSE ANGEL FIGUERA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 39.499 y el contenido de la misma, en consecuencia, éste Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente, visto el pedimento formulado y por cuanto el mismo ni es contrario a las disposiciones de Ley, acuerda fijar como Obligación de Manutención la cantidad de UN MIL DOSCIENTOS BOLÍVARES FUERTES (BS. F. 1.200,00), mensuales, asimismo se le acuerda una bonificación especial para gastos escolares, en el mes de Septiembre y en el mes de diciembre para cubrir los gastos navideños, por la cantidad de UN MIL DOSCIENTOS BOLÍVARES FUERTES (BS. F. 1.200,00), cada una y asimismo, se acuerda hacer la entrega permanente de la libreta de Ahorros signada con el Nº 0175-0088-11-0061549869, del Banco Bicentenario, Agencia Barcelona.- Quedando SUFICIENTEMENTE AUTORIZADA, la antes identificada ciudadana a renovar la libreta de ahorros en caso de deterioro, perdida o que se agoten sus paginas sin la intervención de este Tribunal. Líbrese oficio. Asimismo se acuerda oficiar a la Oficina de Control de Consignaciones, a los fines arriba indicados.
LA JUEZA PROVISORIA.

ABG. AMERICA FERMIN
LA SECRETARIA

ABG. JULIMAR LUCIANI

AF/jm