REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui extensión El Tigre
El Tigre, veintiuno de enero de dos mil trece
202º y 153º
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-V-2012-000378
SENTENCIA: Interlocutoria con Fuerza Definitiva
DEMANDANTE (s): ELENA MARIA TOVAR PIZARRO
ABOGADO(A) ASISTENTE: MARIA VALENTINA MARCANO, inscrita en el IPSA bajo el Nº 84.893
DEMANDADA: GILBERTO JOSE GONZALEZ VERA
MOTIVO: DIVORCIO CONTENCIOSO.
Vista la Demanda de DIVORCIO CONTENCIOSO presentada por ELENA MARIA TOVAR PIZARRO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.054.800, domiciliado en la ciudad de El Tigre, Estado Anzoátegui, debidamente asistido por la Abogada en ejercicio MARIA VALENTINA MARCANO, inscrita en el IPSA bajo el Nº 84.893, en contra de GILBERTO JOSE GONZALEZ VERA, venezolano, mayor de edad, titular del pasaporte N° V-10.692.798, domiciliado en El Tigre Estado Anzoátegui, en la cual están involucrados los adolescentes ….. Se deja expresa constancia de que realizado el llamado a las partes, la incomparecencia de la parte demandante ni por si ni por intermedio de apoderado judicial, de la misma manera se verificó la incomparecencia de la parte demandada, evidenciándose la no comparecencia de ambas. En virtud de la incomparecencia del demandante, esta Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección del Niño, Niña y Adolescente de esta Circunscripción Judicial, sede El Tigre en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, y a tenor de lo establecido en el artículo 477 de la Ley especial, DECLARA: PRIMERO: DESISTIDO el PROCEDIMIENTO, incoado por ELENA MARIA TOVAR PIZARRO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.054.800, domiciliado en la ciudad de El Tigre, Estado Anzoátegui, debidamente asistido por la Abogada en ejercicio MARIA VALENTINA MARCANO, inscrita en el IPSA bajo el Nº 84.893, en contra de GILBERTO JOSE GONZALEZ VERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.692.798, domiciliado en El Tigre Estado Anzoátegui, en la cual están involucrados los adolescentes …. y en consecuencia TERMINADO éste mediante Decisión Oral reducida a un Acta, la cual debe ser publicada en este mismo día, según lo consagrado a lo establecido en el artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. SEGUNDO: EXTINGUIDA LA INSTANCIA, en atención a la normativa que regula la materia, se les hace saber a las partes que transcurrido un mes, podrán intentar nuevamente su solicitud. TERCERO: Devuélvase originales a las partes, previa su certificación en autos por Secretaría. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.-
Publíquese, registres, déjese, copia certificada en el Tribunal como lo ordena el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Primero de Primera Instancia Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Circuito Judicial del Estado Anzoátegui, sede El Tigre, a los Veintiún (21) día del mes de enero de dos mil trece (2013). Años 202º de la Independencia y 153º de la Federación.-
LA JUEZA PROVISORIA,
ABOG. SAMINTHA MARIN ZAPATA
LA SECRETARIA TEMPORAL,
ABG. MARIANA LLAVANERAS BRICEÑO.
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