REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui extensión El Tigre
El Tigre, veintidós de enero de dos mil trece
202º y 153º
ASUNTO: BP12-V-2012-000334
SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA
MOTIVO: OBLIGACION DE MANUTENCION
DEMANDANTE ZULMARY DEL VALLE HERNÀNDEZ DUARTE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.127.100.-
ABOGADO ASISTENTE O APODERADO JUDICIAL: MOUNIR RAHME ALFONZO, inscrito en el IPSA bajo el Nº 122.670.-
DEMANDADO: KENNY RAFEL GONZÀLEZ VILLARROEL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-18.941.665.-
Visto que en la demanda de OBLIGACION DE MANUTENCION incoada por la Ciudadana ZULMARY DEL VALLE HERNÀNDEZ DUARTE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.127.100, domiciliada en la ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, debidamente asistida por el Abogado en ejercicio , MOUNIR RAHME ALFONZO, inscrito en el IPSA bajo el Nº 122.670 en contra del Ciudadano KENNY RAFEL GONZÀLEZ VILLARROEL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-18.941.665, domiciliado en la vereda 25, casa Nº 13, Sector Inavi, El Tigre, Municipio Simón Rodríguez, Estado Anzoátegui. Anunciado en este acto a las puertas del Tribunal por el Alguacil, JUAN CARLOS MORILLO. Se deja expresa constancia de que realizado el llamado a las partes, no acudiendo al llamado, la parte demandante ni por si ni por intermedio de apoderado judicial, evidenciándose la no comparecencia de la parte demandante a la audiencia de Mediación acordada para el día de hoy, según el auto dictado por el Tribunal de fecha 08 de Enero del año 2013 donde se fijaba la celebración de la Audiencia Preliminar en fase de Mediación contemplada en el señalado artículo 467de la Ley especial de Protección de Niños, Niños y Adolescentes. En virtud de la incomparecencia de la demandante, Ciudadana ZULMARY DEL VALLE HERNÀNDEZ DUARTE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.127.100, domiciliada en la ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui a la celebración de la audiencia preliminar en fase de Mediación, sin que se justificara su inasistencia, esta Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección del Niño, Niña y Adolescente de esta Circunscripción Judicial, sede El Tigre en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, y a tenor de lo establecido en el artículo 472 de la Ley especial, DECLARA: PRIMERO: DESISTIDO el PROCEDIMIENTO, incoado por la Ciudadana ZULMARY DEL VALLE HERNÀNDEZ DUARTE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.127.100, domiciliada en la ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, debidamente asistida por el Abogado en ejercicio , MOUNIR RAHME ALFONZO, inscrito en el IPSA bajo el Nº 122.670 en contra del Ciudadano KENNY RAFEL GONZÀLEZ VILLARROEL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-18.941.665, domiciliado en la vereda 25, casa Nº 13, Sector Inavi, El Tigre, Municipio Simón Rodríguez, Estado Anzoátegui y en consecuencia TERMINADO éste mediante Decisión Oral reducida a un Acta, la cual debe ser publicada en este mismo día, según lo consagrado a lo establecido en el artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. SEGUNDO: EXTINGUIDA LA INSTANCIA, en atención a la normativa que regula la materia, se les hace saber a las partes que transcurrido un mes, podrán intentar nuevamente su solicitud. TERCERO: Devuélvase originales a las partes, previa su certificación en autos por Secretaría. Publíquese, regístrese, déjese, copia certificada en el Tribunal como lo ordena el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, y Sustanciación del Circuito de Protección de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede El Tigre, a los veintidós (22) días del mes de Enero del año dos mil trece (2013). Años 202º de la Independencia y 153º de la Federación.-
La Jueza Provisoria;
Abog. Samintha Marín Zapata
La Secretaria Temporal;
Abog. Mariana Llavaneras Briceño
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