REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui extensión El Tigre
El Tigre, veintitrés de enero de dos mil trece
202º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL: BP12-J-2012-002188
ASUNTO: BP12-J-2012-002188

SENTENCIA DEFINITIVA
MOTIVO: Justificativo de Testigos
SOLICITANTE (s): JACKELINE MARIA HERNANDEZ MAUERA
ABOGADA ASISTENTE: Defensora Pública Suplente Primera de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Abg. YEMDY ALCALÁ.
NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES: ….

Vista la solicitud de Justificativo de Carga Familiar, presentada por la ciudadana YEMDY DEL CARMEN ALCALA SOTILLO, abogada, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 76.760 en su carácter de Defensora Pública Primera de Protección, actuando en representación de el niño …, hijo de la ciudadana STEFFANI MARIA HERNANDEZ MAURERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº 21.069.572, domiciliada en la Calle 15 Sur, Casa Nº 18, Sector Pueblo Nuevo Sur, Municipio Simón Rodríguez, Estado Anzoátegui Teléfono 0414-8080953, a solicitud de la ciudadana JACKELINE MARIA HERNANDEZ MAUERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº 19.329.452, domiciliada en la Calle 15 Sur, Casa Nº 18, Sector Pueblo Nuevo Sur, Municipio Simón Rodríguez, Estado Anzoátegui; Anunciado dicho acto a las puertas del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por el alguacil JUAN CARLOS MORILLO habiéndose constatado la presencia del solicitante, la Defensora Publica de Protección, la madre de los niños y los testigos aportados por la solicitante. Se constituyen en el Despacho del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Anzoátegui, sede El Tigre, esta Juzgadora junto a las partes intervinientes en el presente asunto. Concluida la evacuación de las pruebas, y la revisión de las documentales, esta Jueza del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Sede El Tigre en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, PRIMERO: Declarar Con Lugar la presente solicitud presentada por YEMDY DEL VALLE ALCALA SOTILLO, abogada, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 76.760 en su carácter de Defensora Pública Primera de Protección, actuando en representación de el niño …. SEGUNDO: Otorga el presente justificativo de CARGA FAMILIAR a la ciudadana JACKELINE MARIA HERNANDEZ MAUERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº 19.329.452, domiciliada en la Calle 15 Sur, Casa Nº 18, Sector Pueblo Nuevo Sur, Municipio Simón Rodríguez, Estado Anzoátegui, a favor de el niño …, hijo de la ciudadana STEFFANI MARIA HERNANDEZ MAURERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº 21.069.572, a tenor de lo consagrado en el artículo 517 la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.-
Entréguese originales de las presentes actuaciones a las partes interesadas, y dos copias certificadas como requieran, dejándose copia certificada de la misma en el archivo de este Tribunal. Cúmplase.
Publíquese, regístrese, déjese, copia certificada en el Tribunal como lo ordena el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Tribunal Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede El Tigre, a los veintitrés (23) días del mes de Enero del año dos mil trece (2013). Años 202º de la Independencia y 152º de la Federación
LA JUEZA,



ABG. SULEIMA PEREZ GARCIA.

LA SECREATRIA ACC.


ABG. DAYARIT GUERRA