REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciaciòn de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoategui extensión El Tigre
El Tigre, veinticuatro de enero de dos mil trece
202º y 153º
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-V-2010-001239
ASUNTO: BP12-V-2010-001239
SENTENCIA INTERLOCUTORIA (PERENCION DE INSTANCIA)
MOTIVO: DIVORCIO 185-A
PARTES: PEDRO ALBERTO ALCALA RODRIGUEZ Y REINA DEL CARMEN CONES.-
(SIN CONCLUSIONES)
Por cuanto en la presente causa desde el último acto del procedimiento, realizado en este expediente, es decir, el auto de admisión a este Tribunal de fecha 22/11/2012, hasta la presente fecha no hubo impulso procesal para la continuación de la misma, habiendo transcurrido en consecuencia un año, es por lo que este Tribunal declara la PERENCION de la instancia, conforme a lo dispuesto en los artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil y así se decide.
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara LA PERENCION DE LA INSTANCIA por haber transcurrido un año sin impulso procesal en el presente asunto.
De conformidad con lo establecido en el artículo 285 de Código de Procedimiento Civil, no hay condenatoria en costas.
Regístrese, publíquese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre. Fecha 24 DE ENERO de 2013, a los 202 años de la Independencia y 153 de la Federación. Cúmplase.
LA JUEZA,
ABG. SULEIMA MARGARITA PEREZ.
Juez del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección del Niño, Niñas y Adolescente, de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
LA SECRETARIA
ABOG. DAYARIT GUERRA
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