SENTENCIA INTERLOCUTORIA
CON FUERZA DE DEFINITIVA
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo del Municipio Simon Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veinticinco de febrero de dos mil trece
202º y 154º
ASUNTO: BP02-S-2012-002348
PARTE SOLICITANTE Ciudadanos JIMMY DEMETRIOS ADAM XINTAVELONI y VASILIKI XINTAVELONI DE ADAM, venezolanos, mayores de edad, portadores de las cédulas de identidad Nros. V- 14.441.404, RIF: V.14441404-3 y V- 10.386.683, RIF: V-10386683-5, respectivamente,
ABOGDO ASISTENTE ZAIDA MARGARITA RODRIGUEZ, abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 120. 142.
MOTIVO SOLICITUD DE TITULO SUPLETORIO- TERRENO PROPIO
MATERIA CIVIL-BIENES
Consta en estas actuaciones que con ocasión de la entrada en vigencia de la Resolución Nº. 2009- 0006, de fecha 18 de marzo de 2009, dictada por el Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº. 39.152, de fecha 02 de abril de 2009, la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial Civil- Barcelona, procedió a la distribución del presente Asunto, correspondiendo a este Tribunal el conocimiento de la presente solicitud, a fin de pronunciarse este Juzgado sobre su contenido lo hace de la manera siguiente:
I
Vista la solicitud de TITULO SUPLETORIO, formulada por los ciudadanos JIMMY DEMETRIOS ADAM XINTAVELONI y VASILIKI XINTAVELONI DE ADAM, venezolanos, mayores de edad, portadores de las cédulas de identidad Nros. V- 14.441.404, RIF: V.14441404-3 y V- 10.386.683, RIF: V-10386683-5, respectivamente, debidamente asistidos por la abogada en ejercicio ZAIDA MARGARITA RODRIGUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 120. 142, por medio de la cual alegan que:
“(…) Con el fin de acreditar el derecho de propiedad que ejercemos sobre una edificación que hemos construido sobre una parcela de terreno de nuestra legítima propiedad, la cual tiene un área de UN MIL OCHENTA METROS CUADRADOS CON CINCUENTA DECIMETROS CUADRADOS (1. 080, 50 M2), aproximadamente de superficie, signada con el Nro. V-C-7, para vivienda-comercio , que forma parte del Parcelamiento Urbanístico “NAVEMAR”, conocido comercialmente como Parcelamiento Urbanístico “El Remanso” , ubicado en la Avenida Costanera con calle dos (2) y tres (3), de la Urbanización Nueva Barcelona, jurisdicción Parroquia San Cristóbal, del Municipio Bolívar, del estado Anzoátegui, distinguida con el número Catastral 04-45-61-01-00-00-00, con los siguientes linderos: NORTE : Con vías de servicio propiedad de Inversiones Navemar C.A., SUR : Con Calle uno (1) de la Urbanización. ESTE: Con Parcela V-C-6 y OESTE: Con calle tres (03) ; teniendo asignado un porcentaje o alícuota de 0. 01803%, según documento de Parcelamiento Protocolizado en la Oficina Subalterna de Registro Público del Distrito Bolívar, del estado Anzoátegui, en fecha 10 de Diciembre del año 1997, anotado bajo el número 27, folios 158 al 192, Protocolo Primero, Tomo 23, Cuarto Trimestre, cuya parcela nos pertenece según se evidencia de documento de compra venta, debidamente inscrito por ante el Registro Público del Municipio Simón Bolívar, del estado Anzoátegui, con fecha 30 de marzo del año 2009, bajo el Niro. 2009- 973, asiento registral 1, del inmueble matriculado con el Nro. 248.2.3.1.1081 y correspondiente al Libro de Folio Real del año 2009, hemos construido con dinero de nuestro propio peculio y esfuerzo personal una edificación, con las siguientes características: Una Construcción de dos (2) plantas, que consta de diez (10) locales comerciales, distinguidos con los número y letras siguientes: 1 A, 1 B, 1C, 1 D, 1 E, 2 A, 2 B, 2 C , 2 D , 2 E y un área administrativa. En el área central de la parcela, hemos construido en la parte SUR-ESTE, una área de carga y descarga, compuesta por un pasillo común, una caseta de transformadores, un cuarto de máquina, y un cuarto de depósito de basura ; en la parte NORESTE de la parcela, también una caseta de vigilancia en la parte Noreste de la parcela. DESCRIPCIÓN Y CARACTERÍSTICAS DEL PRIMER NIVEL, (PLANTA BAJA) Primer Nivel (Planta Baja) Consta de cinco )05) locales comerciales distinguidos con los números y letras: 1 A, 1 B, 1C, 1 D, 1 E, mas áreas comunes, una (1) caseta de transformadores, un (1) cuarto hidroneumático, un (1) cuarto para el depósito de basura, una área de servicio (carga y descarga) , una (01) escalera principal con acceso al segundo nivel y al área de techo. Local 1 A: Tiene un área, de ciento treinta metros cuadrados (139 m2), distribuidos en dos plantas, (planta baja y mezanina) y sus medidas son: Nueve metros con cincuenta centímetros (9, 50 mts) de largo, por seis metros ochenta y cinco centímetros (6,85 mts) de ancho. Consta de un (01) baño con piso y paredes de cerámicas, poceta y lavamanos; con sus debidas instalaciones sanitarias y eléctricas. Dicho local esta construido con paredes de bloque frisada, piso de cemento rustico y se encuentra alinderado de la siguiente manera: NOROESTE: Que es su frente, con área común, con la avenida Costanera; NORESTE: Área de Servicio y cuarto de Bomba; SUROESTE: Local 1 B, y SURESTE: Local 1 C. LOCAL 1 B: Tiene un área de ciento treinta y siete metros cuadrados (137 mt2), distribuido en dos plantas (planta baja y mezanina) y sus medidas son: Nueve metros con cuarenta centímetros (9,40 mts), de largo por siete metros con treinta centímetros (7, 30 mts) de ancho. Consta de un (01) baño con piso y paredes de cerámica, poceta y lavamanos, con sus debidas instalaciones sanitarias y eléctricas. Dicho local esta construido con paredes de bloque frisadas, piso de cemento rustico, y se encuentra alinderado de la siguiente manera: NOROESTE: Que es su frente con área común con la avenida Costanera; NORESTE: Con local 1 A; SUROESTE: Con área de estacionamiento; SURESTE: Con local 1 C. LOCAL 1 C: Tiene un área de sesenta y un metros cuadrados con cuarenta centímetros cuadrados (61, 40 m2), y sus medidas son : doce metros con setenta y cinco centímetros (12,75 mts) de largo, por cuatro metros con ochenta centímetros (4,80 mts) de ancho . Consta de un (01) baño, con piso y paredes de cerámicas, poceta y lavamanos, con sus debidas instalaciones sanitarias y eléctricas. Dicho local esta construido con paredes de bloque frisada, piso de cemento rústico, y se encuentra alinderado de la siguiente manera: NOR-OESTE: Con locales 1 A y 1 B ; NOR-ESTE: Con área de servicio; SUR-OESTE: Que es su frente con área de estacionamiento; y SUR- ESTE, con el local 1-D. LOCAL 1 D: Tiene un área de sesenta y un metros cuadrados con cuarenta centímetros cuadrados (61, 40 m2), y sus medidas son , doce metros con setenta y cinco centímetros (12, 75 mts) de largo por cuatro metro con ochenta centímetros (4, 80 mts) de ancho. Consta de un baño , con piso y paredes de cerámica, poceta y lavamanos, con sus debidas instalaciones sanitarias y eléctricas . Dicho local esta construido con paredes de bloques frisadas, piso de cemento rustico, se encuentra alinderado de la siguiente manera: NOR-OESTE: Con local 1 C, NOR-ESTE: Con área de servicio; SUR-OESTE: Que es su frente con área de estacionamiento; y SUR-ESTE: Con el local 1 E. LOCAL 1 E : Tiene un área de sesenta metros cuadrados con dieciocho centímetros cuadrados (60,18 m2), y sus medidas son : doce metros con cuarenta y seis centímetros (12, 46 mts) de largo, por cuatro metros con ochenta y tres centímetros (4, 83 mts) de ancho. Consta de un baño, con piso y paredes de cerámica, poceta y lavamanos, con sus debidas instalaciones sanitarias y eléctricas . Dicho local esta construido con paredes de bloques frisadas, piso de cemento rustico, se encuentra alinderado de la siguiente manera: NOR-OESTE: Con local 1 D; NOR-ESTE: Con área de servicio; SUR-OESTE: Que es su frente, con área de estacionamiento y SUR-ESTE: Con escalera principal al segundo nivel y a Oficinas Administrativas. DESCRIPCION Y CARACTERISTICAS DEL SEGUNDO NIVEL ( PLANTA ALTA). Segundo Nivel ( Planta Alta): Consta de cinco (05) locales comerciales, distinguidos con los números y letras: 2 A, 2 B, 2 C, 2 D y 2 E, y un (01) área de de oficina . LOCAL 2 A: tiene un área de treinta y tres metros cuadrados, con sesenta centímetros cuadrados (33,60 m2), y sus medidas son , cinco metros con cuarenta y ocho centímetros (5, 48) mts de largo, por seis metros con trece centímetros (6,13 mts) de ancho. Consta de un baño, con piso y paredes de cerámica, poceta y lavamanos, con sus debidas instalaciones sanitarias y eléctricas . Dicho local esta construido con paredes de bloques frisadas, piso de cemento rustico, se encuentra alinderado de la siguiente manera: NOR-OESTE: Con local 2 B; NOR-ESTE: Con espacio vacío; SUR-ESTE: con área de aseo y limpieza; SUR-OESTE: Que es su frente, con pasillo de acceso. LOCAL 2 B: Tiene un área de treinta y tres metros cuadrados con sesenta centímetros cuadrados (33, 60 m2), y sus medidas son: cinco metros con cuarenta y ocho centímetros (5, 48) de largo, por seis metros con trece centímetros (6, 13 mts) de ancho. Consta de un baño, con piso y paredes de cerámica, poceta y lavamanos, con sus debidas instalaciones sanitarias y eléctricas . Dicho local esta construido con paredes de bloques frisadas, piso de cemento rustico, se encuentra alinderado de la siguiente manera: NOR-OESTE: Con mesanine del local 1 A; NOR-ESTE: Con espacio vacío; SUR-ESTE: Con local 2 A; SUR-OESTE: Que es su frente con pasillo de acceso. LOCAL 2 C: Tiene un área de treinta y tres metros cuadrados con veinticinco centímetros cuadrados (33, 25 m2) , y sus medidas son : seis metros con ochenta centímetros (6, 80 ) de largo, por cuatro metros con ochenta y nueve centímetros (4, 89 mts) de ancho. Consta de un baño, con piso y paredes de cerámica, poceta y lavamanos, con sus debidas instalaciones sanitarias y eléctricas. Dicho local esta construido con paredes de bloques frisadas, piso de cemento rustico, se encuentra alinderado de la siguiente manera: NOR-OESTE: Con mezzanina del local 1 B; NOR-ESTE: Que es su frente con pasillo de acceso; SUR-ESTE: Con local 2 D, y SUR- OESTE: Con espacio vacío. LOCAL 2-D: Tiene un área de treinta y tres metros cuadrados con veinticinco centímetros cuadrados (33, 25 m2), y sus medidas son seis metros con ochenta centímetros (6, 80 ) de largo, por cuatro metros con ochenta y nueve centímetros (4, 89 mts) de ancho. Consta de un baño, con piso y paredes de cerámica, poceta y lavamanos, con sus debidas instalaciones sanitarias y eléctricas. Dicho local esta construido con paredes de bloques frisadas, piso de cemento rustico, se encuentra alinderado de la siguiente manera: NOR-OESTE: Con local 2 C; NOR-ESTE: Que es su frente, con pasillo de acceso; SUR-ESTE: Con local 2 E; SUR-OESTE, con espacio vacío. LOCAL 2 E: seis metros con ochenta centímetros (6, 80) de largo, por cuatro metros con ochenta y nueve centímetros (4, 89 mts) de ancho. Consta de un baño, con piso y paredes de cerámica, poceta y lavamanos, con sus debidas instalaciones sanitarias y eléctricas. Dicho local esta construido con paredes de bloques frisadas, piso de cemento rustico, se encuentra alinderado de la siguiente manera: NOR- OESTE: Con local 2 D; NOR-ESTE: Que es su frente, con pasillo de acceso; SUR-ESTE: Con escalera de acceso a planta alta; SUR-OESTE: con espacio vacío. Una (01) OFICINA ADMINISTRATIVA: Tiene un área de diez metros cuadrados con setenta y cinco centímetros cuadrados (10,75 m2) y sus medidas son: cuatro metros con ochenta y nueve centímetros (4. 89 mts) de largo por dos metros con veinte centímetros (2, 20 mts) . Consta de un área de estar, un (01) baño, con piso y paredes de cerámica, poceta y lavamanos, y un depósito, con sus debidas instalaciones sanitarias y eléctricas. Dicho local esta construido con paredes de bloques frisadas, piso de cemento rustico, se encuentra alinderado de la siguiente manera: NOR-OESTE: Con local 2 E; NOR-ESTE: Con espacio areo, zona de carga; SUR- ESTE: Con escalera de acceso a planta alta y SUR- OESTE: Pasillo central y escalera de acceso...”
II
Por auto de fecha 23 de enero de 2013, este Tribunal admite la presente solicitud, y acuerda tomarles declaración a los testigos que oportunamente presentaran los ciudadanos JIMMY DEMETRIOS ADAM XINTAVELONI y VASILIKI XINTAVELONI DE ADAM.
En fecha 18 de febrero de 2013, comparecen por ante este Tribunal los ciudadanos ARGENIS RAMON CAMBERO BRAVO Y JORGE MEDINA MARTINEZ, venezolanos, mayores de edad, portadores de las cédulas de identidad Nros. 9. 515. 952 y 8. 268. 365, quienes bajo juramento declararon que conocen de vista, trato y comunicación desde hace mas de 24 años, a los ciudadanos JIMMY DEMETRIOS ADAM XINTAVELONI y VASILIKI XINTAVELONI DE ADAM. Que les consta que toda la construcción que conforme el Centro Comercial fue pagado con dinero del peculio de los mencionados ciudadanos. Que tienen conocimiento que en las bienhechurías se invirtió dos millones setecientos bolívares (2. 000.700,00.
III
Este Juzgado administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, por cuanto no ha habido oposición de terceros en relación a lo peticionado por los ciudadanos JIMMY DEMETRIOS ADAM XINTAVELONI y VASILIKI XINTAVELONI DE ADAM, venezolanos, mayores de edad, portadores de las cédulas de identidad Nros. V- 14.441.404, RIF: V.14441404-3 y V- 10.386.683, RIF: V-10386683-5, debidamente asistidos por la abogada ZAIDA MARGARITA RODRIGUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 120. 142, declara estás actuaciones suficientes para acreditar el derecho de propiedad que alegan los ciudadanos antes identificados, sobre las bienhechurías que se especifican precedentemente, dejándose en todo caso a salvo los derechos de terceros conforme a lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.
Hágase entrega a la parte interesada de las presentes actuaciones en original. Así se decide.
Se deja expresa constancia que la competencia de este Tribunal de Municipio para conocer sobre el Asunto en comento, le fue atribuida mediante Resolución Nº. 2009- 0006, de fecha 18 de marzo de 2009, dictada por el Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº. 39.152, de fecha 02 de abril de 2009, en su artículo 3.
A los fines establecidos en el articulo 248 en armonía con los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal acuerda certificar por Secretaria copia de esta decisión.
Publíquese, regístrese, agréguese a los autos.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo del Municipio Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, en Barcelona, a los veinticinco (25) días del mes de febrero de dos mil trece (2013). Años: 202° de la Independencia y 153° de la Federación.
LA JUEZ PROVISORIO,
Abg. MARIA EUGENIA PEREZ
LA SECRETARIA,
Abg. CARMEN CALMA
ASUNTO: BP02-S-2012-002348
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