REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO SIMON RODRIGUEZ
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado del Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre.
El Tigre, trece de febrero de dos mil trece
202º y 153º
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2012-001429
ASUNTO: BP12-S-2012-001429
Vista la solicitud de titulo supletorio presentada por la ciudadana AMERICA FERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nº V-6.589.522, asistida por el abogado en ejercicio RONNY LEONARDO PADRON PEREZ, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 62.406, ambos de este domicilio, donde peticiona se le conceda TITULO SUPLETORIO de dominio sobre unas bienhechurías que fomentó a expensas propias con dinero de su propio peculio, en un terreno propiedad Municipal, ubicado en la Carretera Negra La Flint del Sector Pueblo Ajuro, de la ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez, Estado Anzoátegui, cuyos linderos son los siguientes; NORTE: Casa que es o fue de America Fernández, midiendo Quince metros con Treinta Centímetros (15,30 Mts); SUR: Locales Comerciales de los ciudadanos Frank Fernández y Omar Fernández, midiendo Quince metros con Treinta Centímetros (15,30 Mts); ESTE: Carretera Negra La Flint, que es su frente, midiendo Tres metros con Ochenta Centímetros (3,80 Mts) y OESTE: Casa que es o fue de Frank Fernández, midiendo Tres metros con Ochenta Centímetros (3,80 Mts).- Dichas bienhechurías se encuentran conformadas por una casa con paredes de bloques de cemento, frisado, techo de platabanda, piso de cerámica, puertas y ventanas de metal, constante de una cocina, dos baños, dos Habitaciones, y un lavandero.- El valor invertido es la cantidad de VEINTE MIL CIENTO SESENTA BOLIVARES (Bs. 20.160,00), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos NERIDA DEL VALLE BRIZUELA GALINDO y YECCIBETH DAIMAR MARIN DE MARTINEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de identidad Nº V-16.666.285 y V-20.172.115, respectivamente, este Tribunal, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos de terceros, declara TÍTULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce la ciudadana: AMERICA FERNANDEZ, plenamente identificada en las precedentes actuaciones sobre las bienhechurías antes descritas en el presente decreto.- Devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ,
Abg. ARELIS MORILLO SANCHEZ.-
LA SECRETARIA,
Abg. FLOR YESENIA CUESTA GONZALEZ
AMS/fycg/rmora