REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO SIMON RODRIGUEZ

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado del Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre.
El Tigre, cuatro de febrero de dos mil trece
202º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2011-001633
ASUNTO: BP12-S-2011-001633

SOLICITANTE: YAMILES DE JESUS LOPEZ (viuda de) SOLORZANO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-5.471.048, de este domicilio.

MOTIVO: DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.

Vista la solicitud presentada en fecha 10/04/2012, por la ciudadana YAMILES DE JESUS LOPEZ DE SOLORZANO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-5.471.048, asistida por el abogado en ejercicio LUIS ENRIQUE SOLORZANO, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 36.466, ambos de este domicilio, por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos No Penal El Tigre.-

En fecha 17 de Septiembre del 2012, se admitió la solicitud, se acordó instar a la solicitante a consignar la copia certificada del acta de matrimonio y se ordenó librar edicto emplazando a todas las personas que pudieran ver afectados sus derechos con la presente solicitud.-

En fecha 21 de Septiembre del 2012, la parte interesada consignó el Acta de Matrimonio, y en fecha 03 de Octubre de 2012, el abogado en ejercicio LUIS ENRIQUE SOLORZANO, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 36.466, consignó el edicto publicado.-

En fecha 09 de Octubre del 2012, se agregó a los autos respectivos el Edicto consignado, igualmente la Secretaria dejo constancia que fijo un ejemplar en la Cartelera del Tribunal.-

En fecha 01 de Noviembre del 2012 la Secretaria del Tribunal dejó constancia que no compareció persona alguna que pudiera ver afectados sus derechos en la presente solicitud.-

En fecha 06 de Noviembre del 2012, la Secretaria del Despacho dejo constancia que no compareció persona alguna que pudiera ver afectados sus derechos.-

En fecha 05 de Diciembre de 2012, rindieron su declaración los ciudadanos MINEIDA RODRIGUEZ COA y EDGAR JOSE HERNANDEZ RODRIGUEZ, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-8.966.623 y V-10.936.140, respectivamente, ambos de este domicilio.-

Visto el orden cronológico que antecede esta operadora de justicia, entra a analizar la presente solicitud para decidir:

Dice la solicitante que en fecha 29 de Julio del año 2011, falleció ab-intestato su esposo ciudadano CARLOS ALBERTO SOLORZANO, quien era venezolano, mayor de edad, Agricultor, titular de la Cédula de Identidad Nº V-8.478.160, natural de El Tigre, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 20-07-1964, falleció a causa de INFARTO AL MIOCARDIO, CADIOPATIA HIPERTENSIVA, HIPERTENSIÓN ARTERIAL, lo que dice, se evidencia de la copia certificada del acta de Defunción anexa a la solicitud.- Dice que por cuanto su esposo CARLOS ENRIQUE SOLORZANO, falleció ab-intestato, en su casa ubicada en la Avenida Jesús Subero, casa Nº 22, Sector Francisco de Miranda, El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui; y a los efectos de realizar cualquier tipo de tramite con referencia a la misma, acude ante este Despacho fin de que se le declare Única y Universal Heredera del extinto CARLOS ENRIQUE SOLORZANO.-

MEDIOS PROBATORIOS

Pruebas Documentales:
Acta de defunción, Copia Certificada del Acta de matrimonio de la solicitante y el de cujus CARLOS ENRIQUE SOLORZANO, las cuales al no haber sido impugnadas bajo ninguna forma de derecho, se les da pleno valor probatorio de conformidad a lo pautado en el Artículo 1.357 del Código Civil, en concordancia con los Artículos 429 y siguientes del Código de Procedimiento Civil y así se decide.


Ahora bien, el Tribunal, dejando en todo caso al salvo los derechos de terceros, declara a la ciudadana: YAMILES DE JESUS LOPEZ DE SOLORZANO venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-5.471.048 como UNICA Y UNIVERSAL HEREDERA, del extinto: CARLOS ENRIQUE SOLORZANO, quien era venezolano, mayor de edad, Agricultor, titular de la Cédula de Identidad Nº V-8.478.160, y falleció ab-intestato, en su casa ubicada en la Avenida Jesús Subero, casa Nº 22, Sector Francisco de Miranda, El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, en fecha 20 de Julio del año 2011 , y así se decide.-

Expídanse por Secretaría copias certificadas de la solicitud.-

LA JUEZ,


Abg. ARELIS MORILLO SANCHEZ.-
LA SECRETARIA,


Abg. Flor Yesenia Cuesta González
AMS/fycg/rmora