REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO SIMON RODRIGUEZ

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado del Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre.
El Tigre, cuatro de febrero de dos mil trece
202º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2012-001333
ASUNTO: BP12-S-2012-001333


Vista la solicitud presentada por el ciudadano JESUS DANIEL SILVERA ARCIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.464.244, de este domicilio, asistida por el abogado REINALDO QUIJADA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 139.120, donde manifiesta se le conceda TÍTULO SUPLETORIO de dominio sobre unas bienhechurías que fomento a expensa propia con dinero de su propio peculio, ubicadas en la Avenida San Celestino cruce con calle Negro Primero, sector La Charneca, El Tigre, Municipio Simón Rodríguez, Estado Anzoátegui, sobre un lote de terreno propiedad Municipal, que mide una superficie total de: SETENTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON SESENTA Y SEIS CENTIMETROS CUADRADOS (78,66 Mts²), con un área de construcción de: SESENTA Y DOS METROS CUADRADO CON CUARENTA Y UN CENTIMETRO CUADRADOS (62,41 Mts²). Cuyos Linderos particulares son los siguientes: NORTE: Con Avenida San Celestino, midiendo seis metros con noventa centímetros (06,90 Mts); SUR: Con propiedad que es o fue de Noris Silvera, midiendo seis metros con noventa centímetros (06,90 Mts); ESTE: Con Calle Negro Primero, midiendo once metros con cuarenta centímetros (11,40 Mts) y; OESTE: Con propiedad que es o fue de Carmen de Silvera, midiendo once metros con cuarenta centímetros (11,40 Mts). Dichas bienhechurías consta de las siguientes características: Una casa consistente de bases de concreto y cabilla, paredes de bloque, techo de zinc, dos (2) habitaciones, una (1) sala comedor, (1) cocina, un (1) baño y piso de cemento.- El valor invertido es la cantidad de VEINTE MIL BOLIVARES (Bs. 20.000,00) equivalente a DOSCIENTOS VEINTIDOS UNIDADES TRIBUTARIAS (222 U.T), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos hábiles, ciudadanos: KAREN DE LOS ANGELES MARTINEZ BASTIDAS y FRANCISCO RAFAEL FAJARDO MOTABAN, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Números: V-21.175.060 y V-5.998.048, respectivamente, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce el ciudadano JESUS DANIEL SILVERA ARCIA, ya identificada, en las bienhechurías antes descritas en el presente decreto, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ,

Abg. ARELIS MORILLO SANCHEZ
SUPLENTE ESPECIAL


LA SECRETARIA,

Abg. FLOR YESENIA CUESTA G.