REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO SIMON RODRIGUEZ
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado del Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre.
El Tigre, siete de febrero de dos mil trece
202º y 153º
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2012-000336
ASUNTO: BP12-S-2012-000336
Vista la solicitud presentada por la ciudadana: NELLY MARGARITA SOUBLETTE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° V-4.798.005, domiciliada en la Ciudad de El Tigre Municipio Simon Rodríguez del Estado Anzoátegui, debidamente asistida por el ABG. REINALDO QUIJADA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 139.120, donde peticiona se le conceda TITULO SUPLETORIO de dominio sobre unas bienhechurias que fomento a expensas propias con dinero de su propiedad, en una parcela de terreno propiedad municipal ubicada en la Calle El Otoño Sector Los Rosales II Bolivariano de la Ciudad de El Tigre Municipio Simon Rodríguez del Estado Anzoátegui, con una superficie aproximada de SEISCIENTOS NOVENTA Y TRES METRSO CUADRADOS (693,00 Mts²) con un área de construcción de ciento setenta y tres metros cuadrados con veinticinco centímetros (173,25 Mts²), el cual consta de los siguientes linderos; NORTE: con propiedad que es o fue de Eduardo Burnano, midiendo treinta y ocho metros con cincuenta centímetros (38,50 Mts); SUR: con propiedad que es o fue de Irma Betancourt, midiendo treinta y ocho metros con cincuenta centímetros (38,50 Mts) ESTE: Con calle El Otoño, midiendo dieciocho metros (18,00 Mts); y OESTE: con propiedad que es o fue de Teresa Soublette, midiendo dieciocho metros (18,00 Mts).- Las mencionadas bienhechurias se encuentran constituidas por una casa consistente en bases de concreto y cabilla, paredes de bloque, techo de platabanda, zinc, tres (03) locales comunitarios, dos (02) baños, piso de cerámica.- El valor invertido es la cantidad de CUARENTA Y CINCO MIL BOLIVARES (Bs. 45.000,00) y teniéndose presente las declaraciones de los testigos: Claritza María Amador de Lugo, venezolana, de sesenta (60) años de edad, casada, profesión u oficio del hogar, titular de la Cédula de Identidad No. V-4.034.421, domiciliada en el Sector Los Rosales II casa Nº 15 Calle Los Pinos de la Ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui y Yenis Josefina Hernández, venezolana, de treinta y tres (33) años de edad, soltera, profesión u oficio del hogar, titular de la Cédula de Identidad No. V-16.250.487, domiciliada en el Sector Los Rosales II casa Nº 553 Calle Mi Jardín de la Ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui. En consecuencia este Tribunal, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos de terceros, declara TÍTULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce la ciudadana: NELLY MARGARITA SOUBLETTE, plenamente identificada, en las bienchechurias antes descritas en el presente decreto.- Devuélvanse las actuaciones a la parte interesada. Cúmplase
LA JUEZ,
ABG. ARELIS MORILLO SANCHEZ
Suplente Especial
LA SECRETARIA TITULAR,
ABG. FLOR YESENIA CUESTA GONZALEZ.
Se devuelve constante de nueve (09) folios útiles a la parte interesada. Conste
LA SECRETARIA TITULAR,
ABG. FLOR YESENIA CUESTA GONZALEZ.