REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO SAN JOSÉ DE GUANIPA
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado del Municipio San José de Guanipa de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, El Tigre.
El Tigre, veintisiete de febrero de dos mil trece
202º y 154º
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2012-001116
ASUNTO: BP12-S-2012-001116
PARTE SOLICITANTE Maria Elizabeth Cova de González, titular de la cedula de identidad N° V-3.442.934.-
ABOGADO ASISTENTE: Jesús Bermudez Rivas, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 84.994.-
MOTIVO SOLICITUD DE DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.
MATERIA CIVIL-FAMILIA
I
Con fundamento en la Resolución Nº 2009-0006, de fecha 18 de marzo de 2009, dictada por el Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.152, de fecha 02 de abril de 2009, la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial Civil-El Tigre, procedió a la distribución del presente Asunto, correspondiendo a este Tribunal.
Mediante escrito de fecha 10 de Octubre de 2012, la ciudadana Maria Elizabeth Cova de González, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 3.442.934, debidamente asistido por el abogado en ejercicio Jesús Bermudez, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 84.994, actuando en su propio nombre y representación, de los ciudadanos Pablo Cesar González Cova, Wilmer Alexander González Cova e Itziar del Valle González Cova, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-12.911.952, 14.032.853 y 16.563.287, respectivamente, presentó Solicitud de Declaración de Únicos y Universales Herederos, mediante el cual alega que era esposa del ciudadano Pablo Jesús González Lovera, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-3.223.148, quien en fecha 02 de septiembre de 2012, falleció ab-intestato en el Hospital Industrial P.D.V.S.A San Tomé, Municipio Pedro María Freites del Estado Anzoátegui, según se evidencia del Acta de Defunción acompañada a la solicitud, dejando tres (03) hijos legalmente reconocidos, de nombres Pablo Cesar Gonzalez Cova, Wilmer Alexander González Cova e Itziar del Valle González Cova, tal y como se evidencia de las copias fotostáticas de las Actas de Nacimiento acompañadas a la solicitud, y a acuden ante este Despacho, a fin de que se les declare Únicos y Universales Herederos, del de cujus Pablo Jesús González Lovera.
II
El 25 de Octubre de 2012, este Tribunal admitió el presente asunto, acordándose librar Edicto, emplazando a todas las personas que pudieran ver afectados sus derechos con la presente solicitud.-
En fecha 19 de noviembre de 2012, la ciudadana Maria Cova, debidamente asistida por el abogado en ejercicio Miguel Gómez, presentaron diligencia solicitando se le entregue el edicto librado en este asunto, consignando el 22 de noviembre de 2012, dichos ciudadanos la publicación del mencionado edicto en el Diario El Tiempo, lo cual se agrego a los autos el 26 del mismo mes y año.
El 13 de diciembre de 2012, el Abg. Francisco González Acosta, Secretario de este Juzgado de Municipio, deja expresa constancia que fijo en la Cartelera de este Tribunal de Municipio un ejemplar del Edicto librado en la presente solicitud a los fines de dar cumplimiento a lo ordenado por este Tribunal, dejando constancia el secretario de este Tribunal que no compareció ninguna persona que pudiera ver afectados sus derechos con la presente solicitud el 18 de enero de 2013.
En fecha 07 de Febrero de 2013, rindieron declaración los ciudadanos José Carmelo Rodríguez y Araceli Josefina Maurera, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-785.925y V-10.938.871, respectivamente, quienes expusieron que conocieron de vista trato y comunicación al ciudadano Pablo Jesús González Lovera, que les consta que estuvo casado con la ciudadana María Elizabeth Cova de González, que el de cujus tuvo tres (03) hijos con su esposa, los cuales son sus herederos y que Francisco Antonio Malpica falleció el 02 de septiembre de 2012 en el Hospital Industrial PDVSA San Tomé, Municipio Pedro Maria Freites del estado Anzoátegui.-
III
Este Tribunal del Municipio San José de Guanipa de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, en razón de la documentación aportada con la solicitud en referencia, y a las declaraciones rendidas bajo juramento por los precedentemente mencionados ciudadanos, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara las presentes actuaciones suficiente Titulo de Perpetua Memoria, para asegurarle a los ciudadanos Maria Elizabeth Cova de González, Pablo Cesar Gonzalez Cova, Wilmer Alexander González Cova e Itziar del Valle González Cova, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 3.442.934, V-12.911.952, 14.032.853 y 16.563.287, respectivamente, en su condición de esposa la primera e hijos los tres últimos del finado Pablo Jesús González Lovera sus condiciones de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus, Pablo Jesús González Lovera, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- V-3.223.148, fallecido ab-intestato en fecha 02 de Septiembre de 2012, conforme consta de documentación acompañada al efecto. Quedando en todo caso a salvo los derechos de terceros, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. Así se decide.
Hágase entrega a la parte interesada de las presentes actuaciones en original.
A los fines establecidos en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, déjese copia certificada de la presente decisión.
Se deja expresa constancia que la competencia de este Tribunal de Municipio para conocer sobre el Asunto en comento, le fue atribuida mediante Resolución Nº 2009- 0006, de fecha 18 de marzo de 2009, en su artículo 3, dictada por el Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.152, de fecha 02 de abril de 2009.
Publíquese. Regístrese. Agréguese a los autos.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado del Municipio San José de Guanipa, del estado Anzoátegui, en la ciudad de El Tigre, a los veintisiete (27) días del mes febrero de dos mil trece (2013). Años: 202° de la Independencia y 153° de la Federación.
La Juez Temporal,
Abg. Carmen Sofía Hernández
El Secretario,
Abg. Francisco González