REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, seis (06) de febrero de dos mil trece
202º y 153º

ASUNTO: BP02-L-2012-000224
MONTO DE LA TRANSACCIÓN: Bs. 60.333,32
Vista la transacción, la cual fue suscrita por la apoderada judicial del ciudadano JHONATAN LISBOA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-16.180.649, la abogada en ejercicio, BLANCA COVA, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 21.616, en la condición de extrabajador, y por la otra parte, el abogado en ejercicio JHOAN ASCANIO TURIZO DIAZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 143.114, en su condición de apoderado judicial de la empresa FERRYVEN, C.A., ahora bien, las partes plenamente facultados solicitan se homologue la presente transacción, este tribunal visto que la misma es producto de la voluntad libre, consciente y espontánea, expresada por las partes y no es contraria a derecho; este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, les imparte la Homologación correspondientes, otorgándoles el carácter de cosa Juzgada de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, su Reglamento y la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Asimismo, este juzgador se abstiene de ordenar el archivo judicial del mismo por cuanto existen pagos pendientes. Así se decide.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión. Dada, firmada, sellada y refrendada en la sede del Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, a los 06 días del mes de febrero de dos mil trece (2013). Años 202° de la Independencia y 153° de la Federación. Cúmplase.
El Juez,


Abg. Sergio Millán Charles

La Secretaria,

Abg. Fabiola Pérez.
En esta misma fecha se dictó y publicó la anterior decisión siendo las 03:07 p.m. Conste.
La Secretaria,

Abg. Fabiola Pérez.