REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, tres de julio de dos mil trece
203º y 154º
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-V-2013-000308
ASUNTO: BP12-V-2013-000308
SENTENCIA INTERLOCUTORIA: (DECLINATORIA DE COMPETENCIA POR LA CUANTIA)
COMPETENCIA: CIVIL.-
MOTIVO: COBRO DE COSTAS PROCESALES.-
DEMANDANTE: DINORA CLARET LUNA COVA, venezolana, mayor de edad, divorciada, comerciante, titular de la cédula de identidad Nº 5.469.709 de este domicilio.-
ABOGADO ASISTENTE: TRINA ALEJANDRA PALMAR, abogada en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 81.403.-
DOMICILIO PROCESAL: Edificio El Coloso, oficina 209, El Tigre Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui.-
DEMANDADO: FRANKLIN RAFAEL CERMEÑO ROMERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 3.851.964, domiciliado en la ciudad de Pariaguán, Municipio Miranda del Estado Anzoátegui.-
Vista la demanda por COBRO DE COSTAS PROCESALES, presentada por la ciudadana DINORA CLARET LUNA COVA, debidamente asistida por la abogada TRINA ALEJANDRA PALMAR, contra el ciudadano FRANKLIN RAFAEL CERMEÑO ROMERO, el Tribunal a los fines de su admisión observa:
Por cuanto de la revisión del texto del escrito de demanda se evidencia que el monto de lo reclamado es la suma de CIENTO CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs. 150.000,oo), lo que representa en unidades tributarias la cantidad de MIL CUATROCIENTOS UNO (1.401 U.T.); y siendo que la competencia por la cuantía, no excede de tres mil unidades tributarias, que le esta atribuida a los Juzgados de Municipio, según Resolución Nº 2009-0006 de fecha 18 de marzo de 2009 emanada del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela en fecha dos de abril de 2009, que prevé: Los Juzgados de Municipio, categoría C en el escalafón judicial, conocerán en primera instancia de los asuntos contenciosos cuya cuantía no exceda de tres mil unidades tributarias (3.000 U.T.), es por lo que este Tribunal se declara INCOMPETENTE para conocer de la presente causa, en consecuencia administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley DECLINA LA COMPETENCIA POR RAZON DE LA CUANTIA, y acuerda remitir el presente expediente al Juzgado del Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, y así se decide.-
Consérvese el expediente en éste juzgado durante el plazo de cinco (05) días de despacho conforme lo dispuesto en el artículo 69 del Código de Procedimiento Civil y una vez transcurrido el mismo si no fuere ejercido el recurso correspondiente remítase al juzgado competente.
Esta decisión se dicta Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley.-
Dada, Firmara y Sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en la ciudad de El Tigre, a los tres (3) días del mes de julio del año dos mil trece.- Años 203 de la Independencia y 154º de la Federación.-
LA JUEZA,
Dra. LUZ ZORAYA ARREAZA
LA SECRETARIA,
Abg. MARIANELA QUIJADA ESTABA
En la misma fecha siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.), se publica la sentencia y se agrega al asunto Nº BP12-V-2013-000308. Conste.
LA SECRETARIA,
Abg. MARIANELA QUIJADA ESTABA
LZA/mqe
|