REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO SIMON RODRIGUEZ
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado del Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre.
El Tigre, veintiséis de julio de dos mil trece
203º y 154º
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2013-000011
ASUNTO: BP12-S-2013-000011
Vista la solicitud presentada por la ciudadana: ISAIS MARIA TOLEDO HERRERA, mayor de edad, venezolana Titular de la Cédula de Identidad Nº 16.573.543, domiciliada en la calle La Bomba sector Paraíso I, casa S/N de la ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, asistida por la abogada BELKIS SANTIAGO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 88.125, donde manifiesta se le conceda TÍTULO SUPLETORIO de dominio sobre unas bienhechurias que fomento a sus solas expensa con dinero de su propio peculio, ubicadas en la Calle La Bomba casa S/N, sector Paraíso I, de la ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez, Estado Anzoátegui, sobre un lote de terreno propiedad Municipal, que consta de OCHOCIENTOS OCHENTA Y OCHENTA Y TRES METROS CUADRADOS CON TREINTA CENTIMETROS (883,30Mts), con un área de construcción que consta de DOSCIENTOS SESENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS (264,00Mts).Cuyos Linderos particulares son los siguientes: NORTE: En una línea recta de longitud aproximada de Veintiún metros (21.00Mts), con la casa de la ciudadana Carmen Cabrera, SUR: En una línea recta de longitud aproximada de Veintisiete metros con cuarenta centímetros (27.40Mts) Con la calle La Bomba que es su frente, ESTE: En una línea recta de longitud aproximada de Treinta y cuatro metros con setenta centímetros (34.700Mts)OESTE: En una línea recta de longitud aproximada de treinta y ocho metros con treinta centímetros (38.30Mts) con la Calle Las Carmelias.-Dichas bienhechurias están constituidas por una casa de dos plantas consistente de bloque de cemento, techo de platabanda y de acerolit, piso de cerámica, Puertas y ventanas de metal, la planta baja esta distribuida por Una (1) Sala comedor, Cinco (5) Habitaciones, Cinco (5) Baños, Una (1) Cocina, Un (1) Porche, Un (1) Garaje, Un (1) Lavandero, y la planta alta esta conformada por tres (3) Habitaciones, Una (1) Sala comedor Una (1) Cocina Un (1) Baño Un (1) Lavandero.- En dicha construcción he invertido la cantidad de CIEN MIL BOLIVARES (BSF.100.000,00),equivalente a MIL CIENTO ONCE CON ONCE UNIDADES TRIBUTARIAS (1111,11UT) y teniéndose presente las declaraciones de los testigos hábiles, ciudadanos: ROALYS MARIA NUÑEZ FERNANDEZ Y DERLYNE GABRIELA SERRANO YEPEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Números: V-17.008.208 y V-20.723.068, respectivamente, éste Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos de terceras personas declara TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD a la ciudadana: ISAIS MARIA TOLEDO HERRERA, ya identificada, en las bienhechurias antes descritas en la presente solicitud, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ,
Abg. ARELIS MORILLO SANCHEZ
LA SECRETARIA ACC,
ABG, PATRICIA FIGUERA S