REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintidós (22) de julio de dos mil trece
203° y 154°
Acta de Audiencia (Inicio-Desistida)
ASUNTO: BP02-L-2013-000258
DEMANDANTE: El ciudadano SAÚL JOSÉ ROMERO CARABAÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 4.219.322.
ABOGADO ASISTENTE DEL ACTOR: El abogado en ejercicio CARLOS ALFREDO CARABALLO, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 89.942
DEMANDADA: VAMEN COMPAÑÍA ANÓNIMA (VAMENCA).
ABOGADO DE LA DEMANDADA: El abogado en ejercicio RUBEN JESÚS VILLAVICENCIO NAVARRO, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 14.618
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS.
Hoy, veintidós (22) de julio de 2013, siendo las nueve (09:00 a.m.), día y hora fijado para que tenga lugar el inicio de la Audiencia Preliminar, por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS; se deja expresa constancia de que la parte actora no comparece a la realización de la Audiencia Preliminar, solo hace acto de presencia por la demandada VAMEN COMPAÑÍA ANÓNIMA (VAMENCA), su apoderado el abogado en ejercicio RUBEN JESÚS VILLAVICENCIO NAVARRO, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 14.618. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 154° y 203°.
El Juez,
Abg. Sergio Millán Charles
La Secretaria,
Abg. Maribí Yánez.
En esta misma fecha se dictó y publicó la anterior decisión siendo las 09:52 a.m. Conste.
La Secretaria,
Abg. Maribí Yánez.
|