REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui extensión El Tigre
El Tigre, Primero (01) de Julio de dos mil trece
203º y 154º

ASUNTO PRINCIPAL: BP12-K-2012-000003
ASUNTO: BP12-K-2012-000003



SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA

MOTIVO: SOLICITUD DE ENTRGA DE DINERO.
SOLICITANTE: ELIZABETH DEL VALLE ALFONZO CARRILLO.
ADOLESCENTES: ….


Vista la Demanda de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, presentada por los Abogados JOSE RAFAEL GONZALEZ ESCORCHE Y JOSE MIGUEL GONZALEZ GUILLEN, inscritos en el inpreabogado bajo los Nº 13.068 y 91.825, en su carácter de co-apoderados de los Ciudadanos ELIZABETH DEL VALLE ALFONZO, RAYNELIS YOIMAR TREJO ALFONZO, RAIZABETH DE LOS ANGELES TREJO ALFONZO, RAISIBETH DEL VALLE TREJO ALFONZO, RAYDER JOSE TREJO ALFONZO, la primera en representación de su menor hijo …, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad personales Nº V.- 8.970.844, V-16.572.619, V-17.746.763, V-17.746.764, V-.., respectivamente, quienes son hijos y cónyuge del extinto ciudadano RAIDEE JOSE TREJO RODRIGUEZ, V.- 8.471.553, en contra de la empresa AUTO SERVICIO LAGUE, C.A. se deja expresa constancia de la comparecencia de la parte demandante ciudadana Elizabeth del Valle Alfonzo Carrillo, el adolescente Raymer Junior Trejo Alfonzo, el abogado JOSE MIGUEL GONZÀLEZ GUILLEN, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 91.825 en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante.- Se constituyen en el Despacho del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Anzoátegui, sede El Tigre esta Juzgadora junto con las partes intervinientes. Seguidamente se le concedió la palabra a la solicitante Ciudadana Elizabeth del Valle Alfonzo Carrillo, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N°: V-8.970.844, antes identificada, quien expuso: “Solicito muy respetuosamente a este Tribunal se sirva fijar una cuota mensual para la manutención de mi hijo, el adolescente … por la cantidad de OCHOCIENTOS CINCUENTA BOLÌVARES FUERTES (Bs. 850,oo) MENSUALES para cubrir gastos de manutención (alimentos) de mi hijo. Solicito igualmente la entrega de la libreta de ahorros del Banco Bicentenario aperturada a nombre de mi hijo para retirar mensualmente la cuota fijada y se me autorice a su movilización para retirar el dinero allí depositado y solicito igualmente se me autorice tramitar tarjeta de debito ante la entidad bancaria. Es todo. Seguidamente interviene la Abog. MARIBEL GONZALEZ en su condición de Fiscal Auxiliar Duodécima del Ministerio Público, quien expuso: “En cuanto al pedimento formulado por la referida ciudadana no tengo objeción que hacer al respecto, por lo cual emito opinión favorable al respecto. Es todo.” Este tribunal visto el pedimento formulado por la ciudadana Elizabeth del Valle Alfonzo Carrillo, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N°: V-8.970.844,de este domicilio, a favor de su hijo … por cuanto dicho pedimento no es contrario a las Leyes y a ninguna de las disposiciones legales, en consecuencia en nombre de la República Bolivariana y por autoridad de la Ley, ACUERDA: fijar a la ciudadana Elizabeth del Valle Alfonzo Carrillo, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N°: V-8.970.844,de este domicilio, a favor de su hijo …, la cuota mensual para la manutención de su hijo, el adolescente …., por la cantidad de OCHOCIENTOS CINCUENTA BOLÌVARES FUERTES (Bs. 850,oo) MENSUALES para cubrir gastos de manutención (alimentos) del adolescente. Igualmente se acuerda la entrega de la libreta de ahorros del Banco Bicentenario aperturada a nombre del adolescente para retirar mensualmente la cuota fijada y se autoriza a la madre a su movilización para retirar el dinero allí depositado y asimismo se le autoriza a la ciudadana Elizabeth del Valle Alfonzo Carrillo, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N°: V-8.970.844 para tramitar tarjeta de debito ante la entidad bancaria. Ofíciese lo conducente a la Oficina de Control y Consignación para que se le de estricto cumplimiento a lo aquí ordenado.
Dada, firmada y sellada en la sala de audiencias del Tribunal Primero de Primera Instancia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Primero (01) días del mes de Julio del año 2013.-
La Jueza Provisoria;


Abog. Samintha Marín Zapata.

La Secretaria Titular,


Abg. Mariana Llavaneras Briceño.