REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, diez de junio de dos mil trece
203º y 154º

ASUNTO: BP02-F-2013-000029



En horas de despacho del día de hoy, diez (10) de junio del dos mil trece (2013), siendo hora y fecha fijados para que tenga lugar el primer acto reconciliatorio en la presente causa de Divorcio intentada por ciudadana Ivett Josefina Reyes Marcano, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.222.174, contra el ciudadano Pedro Ramón Hernández Martell, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.251.821, se abre el acto previo anuncio de Ley a las puertas del Tribunal por parte del Alguacil.- Seguidamente el Tribunal deja constancia que ninguna de las partes intervinientes en el presente proceso comparecieron a este acto, asimismo se deja constancia que se encuentra presente la Fiscal Undécimo del Ministerio Público Dra. Egris Lira, en tal sentido se declara extinguido el presente proceso de Divorcio de conformidad con lo establecido en el articulo 756 del Código de Procedimiento Civil.- Es todo, termino, se leyó y conformes firman.-
EL JUEZ PROV.,,

ABG. JESÚS SALVADOR GUTIERREZ DÍAZ.

LA FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO,



LA SECRETARIA,


ABG. MIRLA MATA ROJAS.