REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, catorce (14) de junio de dos mil trece (2013)
203º y 154º

EXPEDIENTE: BP02-L-2013-000262
DEMANDANTE: LUIS URBAY
DEMANDADA: HELMERICH & PAYNE DE VENEZULA C.A.
MOTIVO: ENFERMEDAD PROFESIONAL


En el día hábil de hoy, catorce (14) de junio de dos mil trece (2013), siendo las diez y treinta de la mañana (10:30 a.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar la prolongación de la audiencia preliminar en la presente causa, contentiva del juicio por enfermedad profesional, incoado por el ciudadano LUIS URBAY, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 4.907.779 contra la empresa HELMERICH & PAYNE DE VENEZULA C.A., la cual correspondió en virtud de la distribución de la doble vuelta. Se anunció el acto a las puertas del Tribunal conforme a la Ley, habiendo comparecido la abogado DANIELA PALERMO, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 106.498, en su carácter de apoderada judicial de la empresa demandada HELMERICH & PAYNE DE VENEZULA C.A., tal y como se evidencia de instrumento poder, cursante a los autos. De igual forma se deja constancia de la incomparecencia de la parte actora, ciudadano LUIS URBAY, ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que este Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA DESISTIDO Y TERMINADO EL PROCEDIMIENTO, de conformidad con lo establecido en el articulo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión. Dada, firmada y sellada en la sala de despacho de este Juzgado.
La Jueza Provisoria,


Abg. María Carmona Ainaga

Apoderada Judicial de la demandada

La Secretaria Acc


Abg. Fabiola Pérez.