REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui extensión El Tigre
El Tigre, once de junio de dos mil trece
203º y 154º

ASUNTO PRINCIPAL: BP12-J-2013-000843
ASUNTO: BP12-J-2013-000843


SENTENCIA DEFINITIVA
MOTIVO: UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
SOLICITANTE (S): RONNELIS JOSE NAVA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad nº V-20.710.270.
ABOGADO(A) ASISTENTE: YEMDY DEL CARMEN ALCALA SOTILLO, en su carácter de Defensora Pública Primera de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, adscrito a la Unidad de Defensa Pública del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre
NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES: ….




Vista la solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentada por la ciudadana YEMDY DEL CARMEN ALCALA SOTILLO, en su carácter de Defensora Publica Suplente Primera de Protección actuando en representación de las niñas …. en el cual solicita que se le declare ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del difunto ciudadano: JESUS RAFAEL BRITO FRANCO, fallecido el día 18 de abril del año 2013, quien era venezolana, titular de la cédulas de identidad Nº V.- 15.347.925. Anunciado el acto a las puertas del Circuito Judicial de Protección por el Alguacil, por el Alguacil JUAN CARLOS MORILLO, deja expresa constancia de la comparecencia del solicitante antes identificado, acompañado de la Defensora Pública de Niños, Niñas y adolescentes antes identificada, igualmente comparecieron los testigos propuestos. Este Tribunal primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede El Tigre, dirigido por la Jueza Provisorio Abog. SAMINTHA MARIN ZAPATA. Seguidamente se procede a tomar declaración a la solicitante Ciudadana: RONNELIS JOSE NAVA, ya identificada quien expuso lo siguiente: “Solicito a este honorable Tribunal se digne a declarar como Únicos Universales Herederos a las niñas: …., a razón del fallecimiento de su padre JESUS RAFAEL BRITO FRANCO, fallecido el día 18 de abril del año 2013, quien era venezolana, titular de la cédulas de identidad Nº V.- 15.347.925, es todo. Culminado el interrogatorio a los testigos, este Tribunal primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede El Tigre, dirigido por la Jueza Provisorio Abog. SAMINTHA MARIN ZAPATA, ACUERDA: PRIMERO: Se Declara con Lugar la presente Solicitud presentada la ciudadana YEMDY DEL CARMEN ALCALA SOTILLO, en su carácter de Defensora Publica Suplente Primera de Protección actuando en representación de las niñas ….en el cual solicita que se le declare ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del difunto ciudadano: JESUS RAFAEL BRITO FRANCO, fallecido el día 18 de abril del año 2013, quien era venezolana, titular de la cédulas de identidad Nº V.- 15.347.925. SEGUNDO: Se DECRETA como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del difunto ciudadano: JESUS RAFAEL BRITO FRANCO, fallecido el día 18 de abril del año 2013, quien era venezolano, titular de la cédulas de identidad Nº V.- 15.347.925, a sus hijas …. , dejándose a salvo derechos de terceras personas, a tenor de lo consagrado en el artículo 517 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Y así se decide.
Entréguese originales de las presentes actuaciones a las partes interesadas, y cuantas copias certificadas como requieran, dejándose copia certificada de la misma en el archivo de este Tribunal. Cúmplase.
Publíquese, regístrese, déjese, copia certificada en el Tribunal como lo ordena el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección del Niño, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre, a los once (11) días del mes de Junio del año dos mil trece (2013). Años 202º de la Independencia y 154º de la Federación.-
LA JUEZ,



ABG. SAMINTHA MARIN ZAPATA.


LA SECRETARIA TITULAR,



ABG. MARIANA LLAVANERAS.