REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui extensión El Tigre

El Tigre, 07 de Junio de 2.013
203º y 154º

ASUNTO PRINCIPAL: BP12-J-2013-000735
SENTENCIA DEFINITIVA
SOLICITANTE: YEMDY ALCALA, en su carácter de Defensora Publica Suplente Primera en materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, a requerimiento del ciudadano JUAN JESUS COLMENAREZ LEAL, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-7.361.263, domiciliado en la urbanización Rahme, calle Cumanacoa Nº 13-3 El Tigre, Estado Anzoátegui.-
NIÑA: …..-
MOTIVO: JUSTIFICATIVO DE CARGA FAMILIAR


Visto que en la oportunidad para que tenga lugar la Audiencia Preliminar a la que se contrae el artículo 512 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, con ocasión a la solicitud presentada por la ciudadana YEMDY ALCALA, en su carácter de Defensora Publica Suplente Primera en materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de la Defensa Pública, articulo 65, numeral 2°, actuando en representación de la niña …., hijo del ciudadano JUAN MANUEL COLMENAREZ MOJANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-17.035.022, domiciliado en la Urbanización Rahme, calle Cumanacoa, Nº 13-3, El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui y de la ciudadana MARY CARMEN DUERTE, venezolana, titular de la cedula de identidad de identidad V-25.268.874, a solicitud del ciudadano JUAN JESUS COLMENAREZ LEAL, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-7.361.263, domiciliado en la urbanización Rahme, calle Cumanacoa Nº 13-3 El Tigre, Estado Anzoátegui, mediante la cual ocurre ante esta competente autoridad para solicitar la Carga Familiar de su nieta la niña antes mencionada. Anunciado el acto a las puertas del Circuito Judicial de Protección por el Alguacil, JUAN CARLOS MORILLO, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede El Tigre, dirigido por la Jueza Provisoria Abog. SAMINTHA MARIN ZAPATA, se deja expresa constancia de la comparecencia del solicitante y la comparecencia de la Defensora Publica Suplente YEMDY ALCALA. Se constituyen en el Despacho del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Anzoátegui, sede El Tigre, esta Juzgadora junto a las partes intervinientes en el presente asunto. Concluida la evacuación de las pruebas, y la revisión de las documentales, esta Jueza del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede el Tigre, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho acuerda; PRIMERO: Declarar Con Lugar la Solicitud incoada por la ciudadana YEMDY ALCALA, en su carácter de Defensora Publica Suplente Primera en materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de la Defensa Pública, articulo 65, numeral 2°, actuando en representación de la niña …., hija del ciudadano JUAN MANUEL COLMENAREZ MOJANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-17.035.022, domiciliado en la Urbanización Rahme, calle Cumanacoa, Nº 13-3, El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui y de la ciudadana MARY CARMEN DUERTE, venezolana, titular de la cedula de identidad de identidad V-25.268.874, a solicitud del ciudadano JUAN JESUS COLMENAREZ LEAL, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-7.361.263, domiciliado en la urbanización Rahme, calle Cumanacoa Nº 13-3 El Tigre, Estado Anzoátegui, SEGUNDO: DECRETAR como CARGA FAMILIAR del ciudadano JUAN JESUS COLMENAREZ LEAL, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-7.361.263, domiciliado en la urbanización Rahme, calle Cumanacoa Nº 13-3 El Tigre, Estado Anzoátegui, a su nieta la niña ….. Dejándose a salvo derechos de terceras personas, a tenor de lo consagrado en el artículo 517 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Entréguese originales de las presentes actuaciones a la parte interesada, y tantas copias certificadas como requieran, dejándose copia certificada de la misma en el archivo de este Tribunal.
Publíquese, regístrese, déjese, copia certificada en el Tribunal como lo ordena el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, El Tigre, a los Siete (07) días del mes Junio del año dos mil trece (2.013). Años 203º de la Independencia y 154º de la Federación.-
La Jueza Provisoria;


Dra. Samintha Marín Zapata



La Secretaria Titular;


Abog. Mariana Llavaneras