REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Mediación y Sustanciación de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Anzoátegui - Barcelona
Barcelona, veinte de junio de dos mil trece
203º y 154º

ASUNTO: BH06-S-2000-000155
Sentencia interlocutoria
Solicitante: FLORENCIA DE LAS MERCEDES TINEDO MARTINEZ, Venezolana, Mayor de Edad, Titular de la Cedula de Identidad Nº V-5.998.668.

Niña, Niña y Adolescente: (Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente)


Visto que la oportunidad para que tenga lugar la Audiencia a la que se contrae el artículo 512 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, con ocasión a la solicitud (Disposición de Bienes), con ocasión a la solicitud presentada por la ciudadana FLORENCIA DE LAS MERCEDES TINEDO MARTINEZ, Venezolana, Mayor de Edad, Titular de la Cedula de Identidad Nº V-5.998.668, en representación de sus hijos los Jóvenes Adultos: ANAFLORANGEL VICTORIA ARIAS TINEDO y MANUEL ALEJANDRO ARIAS TINEDO y del adolescente (Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) en la cual solicita la entrega de la totalidad del dinero, en virtud de cumplir la mayoría de edad y la cuota parte que le corresponde al adolescente. Anunciado el acto a las puertas del tribunal por el Alguacil del Tribunal JOEL GLENAL GONZALEZ., habiéndose constatado la comparecencia de la solicitante, y la Joven Adulta, y la presencia de la Fiscal Décimo Quinta del Ministerio Público de esta misma Circunscripción Judicial, Abg. MARY LOURDES FERRER; se constituyen en el Despacho del Tribunal Segundo de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, esta Juzgadora junto a las partes intervinientes en el presente asunto. Seguidamente interviene la parte solicitante y expuso: “Solicito a este Tribunal Se haga entrega de la totalidad del dinero que se encuentra en la cuenta Nº 00070088520060130378, la cual tiene un saldo de veintiocho mil doscientos tres Bolívares con treinta y nueve céntimos (28.203,39) en virtud que mis hijos ANAFLORANGEL VICTORIA Y MANUEL ALEJANDRO ARIAS TINEDO son mayores de edad, así mismo la cuota parte que le corresponde a mi hijo el adolescente (Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) , y por cuanto no hay mas actuaciones que realizar solicito el cierre del presente expediente, es todo”. Seguidamente interviene la representación Fiscal, quien expuso: “vista la solicitud realizada por la ciudadana FLORENCIA DE LAS MERCEDES TINEDO MARTINEZ, esta representación fiscal no tiene objeción en la entrega de la totalidad del dinero en beneficios de los Jóvenes adultos ANAFLORANGEL VICTORIA Y MANUEL ALEJANDRO ARIAS TINEDO y del adolescente (Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) a los cuales le corresponde Nueve Mil cuatrocientos Bolívares con trece céntimos (Bs. 9.000.400, 13), así mismo solicito el cierre del Presente expediente por cuanto no hay mas actuaciones que cumplir en el mismo Es todo”. Concluida la evacuación de las pruebas, y la revisión de las documentales, esta Jueza Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, PRIMERO: Declarar Con Lugar la Solicitud incoada por la ciudadana FLORENCIA DE LAS MERCEDES TINEDO MARTINEZ, Venezolana, Mayor de Edad, Titular de la Cedula de Identidad Nº V-5.998.668.- SEGUNDO: AUTORIZAR suficiente y ampliamente a FLORENCIA DE LAS MERCEDES TINEDO MARTINEZ, Venezolana, Mayor de Edad, Titular de la Cedula de Identidad Nº V-5.998.668, en representación de sus hijos los Jóvenes Adultos: ANAFLORANGEL VICTORIA ARIAS TINEDO y MANUEL ALEJANDRO ARIAS TINEDO y del adolescente (Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) a retirar de la totalidad de la cuenta de ahorro aperturada en el Banco Bicentenario antes Banfoandes, identificada con el Nº 00070088520060130378. TERCERO: Ofíciese lo conducente a la oficina de Control y Consignación para que realice los trámites necesarios, para que se haga entrega de la cuota parte que le corresponde al adolescente (Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) , así mismo se ordena el cierre de la presente causa por cuanto no hay mas actuaciones que cumplir, Entréguese a la solicitante tantas copias certificadas como requiera. Líbrese Oficios.-

Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.-
La Jueza Provisorio
Abog. Farah Melissa Azocar
La Secretaria,
Abog. Andreina Leonett