REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, trece de marzo de dos mil trece
202º y 154º

ASUNTO: BP02-T-2011-000017

Se contrae la presente causa a la pretensión Cobro de Bolívares por Daño Material, Lucro Cesante y Daños Emergentes por Accidente de Tránsito, incoada por el ciudadano Mario Fernando Salazar Suárez, contra de la empresa Transporte e Inversiones Los Roques, Banesco Seguro C.A, y el ciudadano Luis Quintana, todos suficientemente identificados en autos, la cual se admitió en fecha 23 de mayo del año 2011.
Visto el escrito de Transacción presentada en fecha 04 de marzo del 2013, entre los abogados José Getulio Salaverria Lander, Rafael Ramos García y Ana Virginia Ramos Gómez, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 2.104, 10.205 y 135.113, respectivamente, quienes actúan como apoderados judiciales de Banesco Seguro, C.A, parte demandada en el presente proceso por una parte, por otra parte el ciudadano Mario Salazar Suárez, asistido por la abogada Solfani Trinidad González Narváez, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 39.624, en su carácter de demandante y la empresa Transporté e Inversiones Los Roques C.A, representada por su presidente Francisco González González, asistido por el abogado Rodolfo José Piña Reyes, inscrito en el Inpreabogado Nº 94.180, en su carácter de parte demandada; este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1713 del Código Civil, HOMOLOGA la referida Transacción, en los mismos términos y condiciones en que fue suscrito y conforme a la Ley y se procede como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.-
El Juez Provisorio,

Abg. Jesús Gutiérrez Díaz. La Secretaria Acc,

Abg. Violeta Guerra Yndriago