REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO SIMON RODRIGUEZ

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO DEL MUNICIPIO SIMÓN RODRÍGUEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, EXTENSIÓN EL TIGRE.


El Tigre, 20 de Marzo de 2.013
202º y 154º


ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2012-001584
ASUNTO: BP12-S-2012-001584




PARTES SOLICITANTES YUDIT DEL CARMEN ALVAREZ SOLORZANO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 5.990.253, actuando en su propio nombre y en representación de los ciudadanos; MIRNA JOSEFINA ALVAREZ SOLORZANO, HERMAN NAPOLEON ALVAREZ SOLORZANO, NOHEMI DEL VALLE ALVAREZ SOLORZANO, IRIS ANTONIA ALVAREZ SOLORZANO y NAVIC ROSA ALVAREZ SOLORZANO, titulares de la cedula de identidad Nros V-4.004.762, V-5.990.252, V-5.996.715, V-8.473.171 y V-10.061.858 de este domicilio en esta ciudad del El Tigre del Municipio Simon Rodríguez del Estado Anzoátegui.-

ABOGADO ASISTENTE YUDIT DEL CARMEN ALVAREZ SOLORZANO, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 43.294 y de domicilio de la ciudad de El Tigre Estado Anzoátegui.


MOTIVO: SOLICITUD DECLARACION UNICOS Y
UNIVERSALES HEREDEROS.

MATERIA: CIVIL- FAMILIA.

Mediante escrito de fecha 12 de Diciembre de 2012, por la ciudadana YUDIT DEL CARMEN ALVAREZ SOLORZANO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 5.990.253, abogado en ejercicio inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 43.294 de este domicilio en esta ciudad del El Tigre del Municipio Simon Rodríguez del Estado Anzoátegui, actuando en su propio nombre y en representación de los ciudadanos; MIRNA JOSEFINA ALVAREZ SOLORZANO, HERMAN NAPOLEON ALVAREZ SOLORZANO, NOHEMI DEL VALLE ALVAREZ SOLORZANO, IRIS ANTONIA ALVAREZ SOLORZANO y NAVIC ROSA ALVAREZ SOLORZANO, titulares de la cedula de identidad Nros V-4.004.762, V-5.990.252, V-5.996.715, V-8.473.171 y V-10.061.858, de este domicilio de ciudad de El Tigre Estado Anzoátegui, solicitan a este Tribunal que previo interrogatorio de testigos que oportunamente presentaran, lo declaren UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la Cujus VICENTA ANTONIA SOLORZANO DE ALVAREZ, venezolana, casada, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-2.184.989.-
II
Al escrito en referencia acompañan las siguientes documentales: 1.) Copia certificadas de la Acta de Defunción de quien en vida se llamaran: VICENTA ANTONIA SOLORZANO DE ALVAREZ de Setenta y Cuatro (64) años de edad, fecha de nacimiento 21 de Abril del Mil Novecientos Treinta y Cinco, de Oficio del Hogar, casada, natural de San Manuel del Municipio Cantaura del Distrito Pedro María Freites del Estado Anzoátegui, venezolano, titular de la cedula de identidad N° V-2.184.989, domiciliada Calle Miguel Otero Silva, apartamento 4-E, Piso 4 Edificio Antorcha de esta ciudad del El Tigre del Municipio Simon Rodríguez del Estado Anzoátegui; era hija natural del ciudadana Rosa Solórzano (Fallecida), Estaba casada con el ciudadano Napoleón Álvarez Castillo, venezolano, comerciante, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-477.290, según Acta Nº 03 del Registro Civil de Matrimonio, emanada por la Jefatura del Registro Civil Municipio Bolivariano José Gregorio Monagas, Zuata del Estado Anzoátegui, en fecha 03 de mayo del año Mil Novecientos Sesenta y Nueve; Deja Seis (6) Hijos; YUDIT DEL CARMEN ALVAREZ SOLORZANO, MIRNA JOSEFINA ALVAREZ SOLORZANO, HERMAN NAPOLEON ALVAREZ SOLORZANO, NOHEMI DEL VALLE ALVAREZ SOLORZANO, IRIS ANTONIA ALVAREZ SOLORZANO y NAVIC ROSA ALVAREZ SOLORZANO, titulares de la cedula de identidad Nros N° V- 5.990.253, V-4.004.762, V-5.990.252, V-5.996.715, V-8.473.171 y V-10.061.858, y todos de este domicilios.- Asentándose en el acta que falleció en fecha 13 de Diciembre del 2009, en la Calle Miguel Otero Silva, apartamento 4-E, Piso 4 Edificio Antorcha de esta ciudad del El Tigre del Municipio Simon Rodríguez del Estado Anzoátegui a consecuencia de INSUFIENCIA RESPIRATORIA AGUDA BRONCONEUMONIA, ACCIDENTE CEREBRO VASCULAR según consta de Acta de Defunción anotada bajo el Acta Nº 1677013, Registro Civil de la Alcaldía del Municipio Simon Rodríguez del Estado Anzoátegui, y a los efectos de realizar cualquier tipo de tramite con referencia a los mismos, razón por la cual acuden ante este Despacho fin de que se les declare ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de la extinta VICENTA ANTONIA SOLORZANO DE ALVAREZ.-

En fecha Trece (13) de Diciembre de 2012, este tribunal le dio entrada en los libros llevados por este Juzgado

En fecha Diecisiete (17) de Enero 2013, este tribunal mediante auto, admitió la anterior solicitud de declaración de Únicos y Universales Herederos, acordándose librar Edicto, emplazando a todas aquellas personas que puedan tener interés directo o manifiesto sobre dicha solicitud.-
En fecha Dos (02) de Enero del 2013, compareció por la ciudadana YUDIT DEL CARMEN ALVAREZ SOLORZANO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 5.990.253, abogado en ejercicio inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 43.294, consigno el Edicto Publicado en el Diario Mundo Oriental.-

En fecha Trece (13) de Febrero del 2013, la Secretaria del Despacho dejo constancia que se fijo en la cartelera del Tribunal el Edicto, de conformidad con el Artículo 231 del Código de Procedimiento Civil.-

En fecha Cuatro (04) de Marzo del 2013, la Secretaria del Despacho dejo constancia que no compareció persona alguna que pudiera ver afectados sus derechos.-

En fecha Veinte (20) de Marzo de 2013, rindieron declaraciones ante este Tribunal los ciudadanos ORTIZ TAIDES DEL CARMEN y RAFAEL ERNESTO DE LUCAS ZAMBRANO; venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V-8.470.396 y V-5.604.121, respectivamente quienes bajo juramento declararon, Que conocen de vista, trato y comunicación desde hace más treinta años a los ciudadanos YUDIT DEL CARMEN ALVAREZ SOLORZANO, MIRNA JOSEFINA ALVAREZ SOLORZANO, HERMAN NAPOLEON ALVAREZ SOLORZANO, NOHEMI DEL VALLE ALVAREZ SOLORZANO, IRIS ANTONIA ALVAREZ SOLORZANO y NAVIC ROSA ALVAREZ SOLORZANO respectivamente.-

III
Este Tribunal, con vista a la documentación acompañados a la solicitud en referencia, a las declaraciones rendidas por los ciudadanos ORTIZ TAIDES DEL CARMEN y RAFAEL ERNESTO DE LUCAS ZAMBRANO; venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V-8.470.396 y V-5.604.121; declara las presentes actuaciones suficiente Titulo de Perpetua Memoria, para asegurarles que los ciudadanos; YUDIT DEL CARMEN ALVAREZ SOLORZANO, MIRNA JOSEFINA ALVAREZ SOLORZANO, HERMAN NAPOLEON ALVAREZ SOLORZANO, NOHEMI DEL VALLE ALVAREZ SOLORZANO, IRIS ANTONIA ALVAREZ SOLORZANO y NAVIC ROSA ALVAREZ SOLORZANO, titulares de la cedula de identidad Nros N° V- 5.990.253, V-4.004.762, V-5.990.252, V-5.996.715, V-8.473.171 y V-10.061.858, respectivamente, en su condición de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del cujus VICENTA ANTONIA SOLORZANO DE ALVAREZ, venezolana, casada, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-2.184.989, asentándose en el acta que falleció en en fecha 13 de Diciembre del 2009, en la Calle Miguel Otero Silva, apartamento 4-E, Piso 4 Edificio Antorcha de esta ciudad del El Tigre del Municipio Simon Rodríguez del Estado Anzoátegui a consecuencia de INSUFIENCIA RESPIRATORIA AGUDA BRONCONEUMONIA, ACCIDENTE CEREBRO VASCULAR, cuyo último domicilio en la Calle Miguel Otero Silva, apartamento 4-E, Piso 4 Edificio Antorcha de esta ciudad del El Tigre del Municipio Simon Rodríguez del Estado Anzoátegui; conforme consta de documentación inserta en autos; quedando en todo caso a salvo los derechos de terceros, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. Así se decide administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley.
Hágase entrega a la parte interesada de las presentes actuaciones en original. Así se decide.-
A los fines establecidos en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, déjese copia certificada de la presente decisión.-
Se deja expresa constancia que la competencia de este Tribunal de Municipio para conocer sobre el Asunto en comento, le fue atribuida mediante Resolución Nº 2009- 0006, de fecha 18 de marzo de 2009, en su artículo 3, dictada por el Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.152, de fecha 02 de abril de 2009. -


Expídanse por Secretaría copias certificadas de la solicitud.

LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,

ABG. ARELIS MORILLO SANCHEZ


LA SECRETARIA ACCIDENTAL,

ABG. ROCIO MORALES ZABALA