REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO SIMON RODRIGUEZ

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado del Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre.
El Tigre, cuatro de marzo de dos mil trece
202º y 154º

ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2013-000053
ASUNTO: BP12-S-2013-000053


Vista la solicitud presentada por la ciudadana: GLEINIT JOSEFINA MENDEZ DE VALERO, mayor de edad, venezolana, Titular de las Cédula de Identidad Nº V-16.189.507, domiciliada en la Avenida Principal de los Chaguaramos casa N° 43 Sector Los Chaguaramos, de la ciudad del Tigre, del Municipio Simón Rodríguez Estado Anzoátegui, asistida por el abogado FRANCISCO TIRADO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 86.178,donde manifiesta se le conceda TÍTULO SUPLETORIO de dominio sobre unas bienhechurías que fomento a sus solas expensa con dinero de su propio peculio, ubicadas en la Avenida Principal de los Chaguaramos casa N° 43 sector Los Chaguaramos de la ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez, Estado Anzoátegui, sobre un lote de terreno propiedad Municipal.-Cuyos linderos particulares son los siguientes: NORTE: Con Avenida Principal de los Chaguaramos que es su frente, midiendo trece metros (13.00Mts) SUR: Con casa que es o fue del señor Euris Margarita Piñero, midiendo trece metros (13.00Mts), ESTE: Con casa que es o fue del señor Leandro Ojeda, midiendo dieciocho metros (18.00Mts), OESTE: Con Callejón Los muchachos sector San Valentín, midiendo dieciocho metros (18.00Mts).-Dichas bienhechurias están conformadas de las siguientes características, una casa con paredes de bloques de cemento piso de cemento, techo de Zinc, ventanas de metal, puertas de metal, cercado con paredones de bloques, distribuida de la manera siguiente: Cuatro (4) habitaciones, Una (1) Cocina; Un (1) Baño Un comedor, Una (1) Sala, Un (1) patio, consta de Un (¡) Local Comercial construido con paredes de bloques frisado, piso de cerámicas, techo de platabanda con un área de construcción de Treinta metros con veinticuatro centímetros (30.24Mts) totalmente cercada con paredes de bloques y rejas.-En dicha construcción he invertido la cantidad de DOSCIENTOS CINCUENTA MIL BOLIVARE (BSF.250.000,00) equivalente a dos mil setecientos setenta y siete unidades tributarias (2.777UT.-Y teniéndose presente las declaraciones de los testigos hábiles, ciudadanos: IVETTE AURORA MARTINEZ VELIZ, y YOHNY ROLANDO HERNANDEZ MORENO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cedulas de Identidad Nº E-84.566.704, y 24.808.314, respectivamente, éste tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos de terceras personas declara TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD a la ciudadana GLEINIT JOSEFINA MENDEZ DE VALERO, ya identificada, en las bienhechurías antes descritas en la presente solicitud, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ,

Abg. ARELIS MORILLO SANCHEZ

LA SECRETARIA

Abg, FLOR YESENIA CUESTA G,