REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO SIMON RODRIGUEZ
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado del Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre.
El Tigre, cuatro de marzo de dos mil trece
202º y 154º
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2013-000116
ASUNTO: BP12-S-2013-000116
Vista la solicitud de titulo supletorio presentada por el ciudadano JESUS ENRIQUE MEDINA ARTEAGA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° V- 8.971.886, y asistido en este acto por el ciudadano Abogado JESUS GREGORIO REQUENA DIAZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 84.266, ambos de este domicilio, donde peticiona se le conceda TITULO SUPLETORIO de dominio sobre unas bienhechurías que fomentó a expensas propias con dinero de su propio peculio, en un terreno propiedad Municipal, ubicado en la Calle Principal del Sector San Miguel de la ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez, Estado Anzoátegui, cuyos linderos son los siguientes; NORTE: Casa que es o fue de Rosalba de Medina; SUR: Casa que es o fue de Freddy Ortega; ESTE: Calle Principal, vía Chaguaramos que es su frente. OESTE: Casa que es o fue Desiree Luna.- Dichas bienhechurías se encuentran conformadas por Seis (6) habitaciones tipo estudio construidas con de bloques de cemento recubierto de friso, piso de concreto con sus cerámicas, techo de platabanda, puertas y ventanas de metal, con sus respectivos baños dotados de instalaciones eléctricas y sanitarias.- El valor invertido es la cantidad de CIENTO OCHENTA MIL BOLIVARES (Bs. 180.000,00), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos GERMAN SELGIO GALEA ALVAREZ y DARWIN JOSE SANCHEZ FERNANDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de identidad Nº V-13.611.121 y V-18.453.461, respectivamente, este Tribunal, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos de terceros, declara TÍTULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce por el ciudadano JESUS ENRIQUE MEDINA ARTEAGA, plenamente identificado en las precedentes actuaciones sobre las bienhechurías antes descritas en el presente decreto.- Devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ,
Abg. ARELIS MORILLO SANCHEZ.-
LA SECRETARIA,
Abg. FLOR YESENIA CUESTA GONZALEZ.-
AMS/fycg/rmora