REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO SIMON RODRIGUEZ
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado del Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre.
El Tigre, cinco de marzo de dos mil trece
202º y 154º
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2012-001663
ASUNTO: BP12-S-2012-001663
Vista la solicitud presentada por el ciudadano VISHNU RAMNARINE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-23.519.831, de este domicilio, asistido por la abogada YELITZA GOMEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 85.058, donde manifiesta se le conceda TÍTULO SUPLETORIO de dominio sobre unas bienhechurías que fomento a expensa propia con dinero de su propio peculio, ubicadas en la Avenida Principal, sin número del Sector Las Delicias, El Tigre, Municipio Simón Rodríguez, Estado Anzoátegui, sobre un lote de terreno propiedad Municipal, con un área de construcción que mide: CIENTO SETENTA Y TRES METROS CUADRADOS CON SETENTA Y DOS CENTIMETROS (173,72 Mts²). Cuyos Linderos particulares son los siguientes: NORTE: Con Avenida Principal, que es su frente; SUR: Con terreno ocupado por Gregorio Alcides; ESTE: Con casa que es o fue de Ángela Mendoza y; OESTE: Con casa que es o fue de Delia Guayapero. Dichas bienhechurías consta de las siguientes características: Un Local con fundaciones de concreto, pilares de concreto.- El valor invertido es la cantidad de CIEN MIL BOLIVARES (Bs. 100.000,00) equivalente a MIL CIENTO ONCE CON ONCE UNIDADDES TRIBUTARIAS (1.111,11 U.T), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos hábiles, ciudadanos: SANTOS GIOVANNI YAGUA TAYUPO y FRANCISCO GONZALEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Números: V-17.591.477 y V-22.087.403, respectivamente, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce el ciudadano VISHNU RAMNARINE, ya identificado, en las bienhechurías antes descritas en el presente decreto, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ,
Abg. ARELIS MORILLO SANCHEZ
SUPLENTE ESPECIAL
LA SECRETARIA,
Abg. FLOR YESENIA CUESTA G.
AMS/Fycg/Ramay.-