SENTENCIA


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, quince de marzo de dos mil trece
202º y 154º

ASUNTO: BP02-S-2013-000416
MONTO: Bs. F 2.918.04

SENTENCIA


Vista la TRANSACCION suscrita por el ciudadano DARVIN JESUS CUMANA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 18.278.476, debidamente asistido por la abogada MARIA MAGDALENA HERNANDEZ, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 82.560, por una parte y por la otra, la empresa TOYORA MOTORS BARCELONA C.A, inscrita por ante el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, con fecha 16 de Noviembre del 2001, bajo el Nº 22, Tomo A-82, representada por el abogado NESTOR AREVALO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 106.405, en su carácter de apoderado judicial de la misma, según documento poder que riela a los autos; este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA dicha TRANSACCION, otorgándole el carácter de cosa Juzgada de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, de los Trabajadores y las Trabajadoras, 9 y 11 de su Reglamento y 89 ordinal 2° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y se da por terminado el presente procedimiento, ordenándose el archivo judicial del expediente. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión. Asimismo se ordena expedir por Secretaría las copias certificadas que se soliciten. Dada, firmada, sellada y refrendada, a los quince (15) días del mes de Marzo del dos mil trece (2013).
El Juez,


Abg. Ángel G. Parra


La Secretaria,

Abg. Romina Vacca.
En la misma fecha se dictó y publicó la anterior decisión. Conste.
La Secretaria,


Abg. Romina Vacca.