REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintidós de marzo de dos mil trece
202º y 154º
ASUNTO: BP02-R-2013-000022
PARTE DEMANDANTE: EDUARDO RAMON VILLARROEL, CARLOS ENRIQUE CASTRO CACHOCOTE y JOSE LUIS TIAMO CARIACO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros. 17.236.073, 15.192.987 y 8.349.269 respectivamente.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA RECURRENTE: Abogado MIREYA BALZA, inscrita ante el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 103.777.
PARTE DEMANDADA: CONSTRUCCIONES JOSEVI, C.A (JOSEVICA), inscrita en el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Anzoátegui, bajo el Nro. 44, Tomo A-3 de fecha 18 de febrero de 1993.
APODERADOS JUDICIALES DE LA DEMANDADA: Abogados NELSON MATA AGUILERA, RAMÓN BONYORNI MIJARES y PEDRO GARRONI REQUESENS, debidamente inscritos ante el Inpreabogado bajo los Nros. 68.362, 106.780 y 106.350 correspondientemente.
PARTE TERCERA INTERESADA: PETROZUATA.
APODERADOS JUDICIALES DEL TERCERO INTERESADO: No constan en autos datos de su registro.
ASUNTO: CELEBRACION DE AUDIENCIA ORAL Y PUBLICA CON OCASIÓN AL RECURSO DE APELACION EJERCIDO POR LA REPRESENTACION JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA, CONTRA DE LA DECISION DE FECHA SIETE (7) DE ENERO DE 2.013 DICTADA POR EL JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI CON SEDE EN LA CIUDAD DE BARCELONA.
En el día hábil de hoy veintidós (22) de marzo de dos mil trece (2.013), siendo las 11:30 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la audiencia de parte en la presente causa. Se deja constancia que se encuentra presentes la Juez, Abg. Carmen Cecilia Fleming, la Secretaria Accidental del Tribunal, Abg. Lourdes Romero, el alguacil designado. Asimismo, se deja constancia de la incomparecencia de la parte demandante recurrente, ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno. Al verificar el Tribunal la incomparecencia de la parte recurrente, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: De conformidad con lo establecido en el artículo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la parte actora contra la sentencia de fecha 07 de enero de 2013, dictada por el Tribunal Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, con sede en la ciudad de Barcelona. Igualmente se deja constancia, que la presente Audiencia se reprodujo en forma audiovisual de acuerdo a lo preceptuado en el artículo 166 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, con una cámara marca Sony, serial No 715857, manipulada por el Técnico Audiovisual adscrito a la Coordinación Judicial de esta Circunscripción ciudadano JESUS GUEVARA, titular de la cédula de identidad N° V-11.904.682. Se ordena agregar a los autos el video grabación del presente acto. Se ordena la publicación de la presente acta. Es Todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ,
ABG. CARMEN CECILIA FLEMING H.
LA SECRETARIA ACC.,
ABG. LOURDES ROMERO.
|