REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental
Barcelona, diecisiete de mayo de dos mil trece
203º y 154º

ASUNTO: BP02-U-2011-000022

PARTES:
DEMANDANTE: AGUAS INDUSTRIALES DE JOSÉ, C.A.
DEMANDADO: SENIAT- REGION NOR-ORIENTAL.
Motivo: RECURSO CONTENCIOSO TRIBUTARIO.

Visto el escrito de pruebas presentados por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D) Civil, en fecha 09/05/2013, por el Abogado JAVIER ROJAS, actuando en su carácter de Representante Legal de la República, en el cual promueve: CAPITULO I: MERITO FAVORABLE DE LOS AUTOS.-

Ahora bien, estando este Tribunal Superior en la oportunidad procesal para Admitir o no el escrito de Promoción de Pruebas, procede a hacerlo en los siguientes términos:

En relación a la prueba MÈRITO FAVORABLE DE LOS AUTOS, promovido por el Abogado JAVIER ROJAS, actuando en su carácter de Representante Legal de la República; este Tribunal Superior ADMITE la misma, por no ser manifiestamente ilegal, ni impertinente salvo su apreciación en la definitiva. Y así se decide.-

Regístrese y Publíquese. Déjese copia de la presente decisión en el archivo de este Tribunal Superior.

Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental, a los diecisiete (17) días del mes de Mayo del año dos mil trece (2013). Años: 203º de la Independencia y 154º de la Federación.

EL JUEZ PROVISORIO,

Dr. PEDRO DAVID RAMIREZ PEREZ.
EL SECRETARIO.

ABG. HÉCTOR ANDARCIA.
Nota: En esta misma fecha (17/05/2013), siendo las 12: 33. p.m, se dictó y publicó la anterior decisión previa las formalidades de Ley. Conste.
EL SECRETARIO.

ABG. HÉCTOR ANDARCIA.

PDRP/HA/cl.