REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental
Barcelona, veintidós de Mayo de dos mil trece
203º y 154º
ASUNTO: BP02-U-2011-000008
PARTES:
DEMANDANTE: AUTO LA CRUZ, C.A.
DEMANDADO: GERENCIA REGIONAL DE TRIBUTOS INTERNOS DE LA REGIÓN NOR-ORIENTAL DEL SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA DEL (SENIAT).
Motivo: RECURSO CONTENCIOSO TRIBUTARIO.
Visto el Recurso Contencioso Tributario interpuesto por la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) Civil, en fecha 13-01-2011, por la abogada GABRIELA FARÍAS CARVAJAL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 16.697.830, e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 126.324, actuando en su carácter de apoderada judicial de la contribuyente AUTO LA CRUZ, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, bajo el Nº 1, Tomo A, de fecha 03-10-1995, domiciliada en Avenida José Antonio Anzoátegui Local S/N, sector Barrio Bolívar cerca de la Redoma Los Pájaros, Barcelona, Estado Anzoátegui, e inscrita en el Registro de Información Fiscal (R.I.F) Nº J-30298346-0, recibido por este Tribunal Superior en fecha 13-01-2011; contra la Resolución Nº SNAT/INTI/GRTI/RNO/DJT/RJ-2010 04029 de fecha 14-10-2010, la cual declara sin lugar el Recurso Jerárquico interpuesto por la contribuyente recurrente en contra de las resoluciones Nros. SNAT/GRTI/RNO/DCE/2008/SRET-0003856, SNAT/GRTI/RNO/DCE/2008/SRET-0003857, SNAT/GRTI/RNO/DCE/2008/SRET-0003858, todas de fecha 27-10-2008, y confirma cancelar mediante Planillas de Liquidación lo siguiente:
Nº Planilla de Liquidación Fecha Multa Ajuste U.T Intereses
071001239001635 07/12/2010 434.782,58
071001239001636 07/12/2010 128,38
071001239001637 07/12/2010 139,07
071001230005020 27/10/2008 1.052.631,50 43.431,87
071001230005021 27/10/2008 310,81 15,20
071001230005022 27/10/2008 336,70 16,69
Total 1.053.279,01 435.050,03 43.463.76
Resultando un total a pagar de UN MILLÓN QUINIENTOS TREINTA Y UN MIL SETECIENTOS NOVENTA Y DOS BOLIVARES FUERTES CON 80/100 (Bs. F. 1.531.792,80), emanada de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Nor-Oriental del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria SENIAT; Este Tribunal Superior observa que se encuentran llenos los requisitos establecidos en el Código Orgánico Tributario vigente, en sus artículos 259, 260, 261, 262, y 266; a saber: Se trata de un acto administrativo de efectos particulares, recurrible en la vía Jurisdiccional, impugnado por ante la autoridad competente, dentro del lapso Legal, mediante escrito en el cual se funda y consta la cualidad e interés de la recurrente; así como también queda demostrada la legitimidad de la persona que se presenta como representante de la recurrente; por tanto este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley y de conformidad con los Artículos 26, 49 y 253 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela ADMITE el presente Recurso Contencioso Tributario, interpuesto por la abogada GABRIELA FARÍAS CARVAJAL, actuando en su carácter de apoderada judicial de la contribuyente AUTO LA CRUZ, C.A., contra la Resolución Nº SNAT/INTI/GRTI/RNO/DJT/RJ-2010 04029 de fecha 14-10-2010, la cual declara sin lugar el Recurso Jerárquico interpuesto por la contribuyente recurrente en contra de las resoluciones Nros. SNAT/GRTI/RNO/DCE/2008/SRET-0003856, SNAT/GRTI/RNO/DCE/2008/SRET-0003857, SNAT/GRTI/RNO/DCE/2008/SRET-0003858, todas de fecha 27-10-2008, y confirma cancelar mediante Planillas de Liquidación lo siguiente:
Nº Planilla de Liquidación Fecha Multa Ajuste U.T Intereses
071001239001635 07/12/2010 434.782,58
071001239001636 07/12/2010 128,38
071001239001637 07/12/2010 139,07
071001230005020 27/10/2008 1.052.631,50 43.431,87
071001230005021 27/10/2008 310,81 15,20
071001230005022 27/10/2008 336,70 16,69
Total 1.053.279,01 435.050,03 43.463.76
Resultando un total a pagar de UN MILLÓN QUINIENTOS TREINTA Y UN MIL SETECIENTOS NOVENTA Y DOS BOLIVARES FUERTES CON 80/100 (Bs. F. 1.531.792,80), emanada de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Nor-Oriental del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria SENIAT adscrito al Ministerio del Poder Popular de Planificación y Finanzas; procédase a su tramitación y sustanciación, de conformidad con los Artículos 267 y siguientes del Código Orgánico Tributario, abriéndose la causa a pruebas a partir del primer (1er) día de despacho siguiente al de hoy, visto que no hubo oposición alguna por parte de la respectiva Administración Tributaria.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el archivo de este Tribunal Superior.
Dado firmado y sellado en la Sala de Despacho del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de le Región Oriental. Barcelona, a los veintidós (22) días del mes de Mayo del año 2013. Años 203° de la Independencia y 154º de la Federación.
EL JUEZ PROVISORIO,
DR. PEDRO DAVID RAMIREZ PEREZ.
EL SECRETARIO,
ABG: HÉCTOR ANDARCIA.
Nota: En esta misma fecha veintidós (22) del mes de Mayo de 2013 siendo las 02: 09 p.m se dictó y publicó la anterior decisión previa las formalidades de Ley. Conste.
EL SECRETARIO,
ABG. HÉCTOR ANDARCIA.
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